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Consultas Online

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Consulta formulada por:

José Luis Gualix Esteban

Cómo contabilizar una subvención cuyo importe se ignora

17.07.07

Hemos recibido una subvención consistente en la aportación gratuita por parte del Ayuntamiento del transporte para el desarrollo de una actividad. El transportista factura global y directamente al Ayuntamiento de forma regular en el tiempo por el conjunto de servicios realizados para nosotros y para otras entidades. No se individualizan los servicios realizados y se ha intentado averiguar el coste de los servicios prestados sin resultado.

¿Hemos de contabilizar esta subvención? ¿cómo se realizaría en su caso?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Enrique Rua Alonso de Corrales

Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

Trabaja en:

Asesor particular

18.07.07

Estimado Jose Luis, en mi opinión sí se debe contabilizar como donación de unos servicios e imputarlo como ingreso del ejercicio en función de su devengo, es decir, si el servicio ha sido prestado en el ejercicio económico 2007, debe considerarse como ingreso de este periodo 2007, y logicamente recoger por el mismo importe el gasto por el servicio.
Entiendo que lo complejo es la valoración, pero pese a no tener la valoración exacta de ese servicio al no disponer de lo que esa empresa factura al Ayuntamiento, habrá que establecer un criterio que fuera fiable, es decir, por ejemplo si vuestra entidad tuviera que contratar este servicio a una empresa y abonarlo cual sería ese coste, o si en otros años lo ha pagado vuestra entidad tomar ese dato y actualizarlo en función de la inflación, etc.
Creo que debeis dar el gasto valorado de una forma lo mas fiable posible, y como contraprestación el ingreso de la donación.
Unicamente si no hubiera forma alguna de determinar un valor fiable del servicio optaria por no contabilizarlo en el libro diario, y por tanto no apareceria en la cuenta de resultados, pero SI por su puesto incluirlo dentro de la Memoria en el apartado correspondiente.
Espero haberte servido de ayuda.
Un cordial saludo.
Enrique Rúa
Profesor de Contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

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#2

Opinión anónima

18.07.07

En mi opinión, estoy básicamente de acuerdo en lo que dice Enrique en su respuesta.

Sin embargo, sigo sin entender determinadas cosas de la operación que indicáis. Por ejemplo: una subvención es dinero público que la Administración da a alguien. No he visto nunca una subvención (ni contrato de servicios, ni…) que no esté perfectamente cuantificada y notificada a su receptor. Piensa que la subvención forma parte de la contabilidad del Ayuntamiento, en este caso, y que deberán imputar en el presupuesto lo que tengan previsto gastar (no se autorizan gastos sin contenido en la Administración).

A efectos prácticos, a pesar que Enrique se subirá por las paredes al leer esto (supongo) la contabilidad no tiene por qué recoger “todas las actividades” de la asociación, entendiendo aquí que hay cosas que, sencillamente ocurren y que por mucho que nos emperremos no se pueden contabilizar. Si el Ayuntamiento os “dona” el transporte (ni siquiera os lo subvenciona, porque una subvención implicaría en la mayoría de casos un gasto previo por vuestra parte que el Ayuntamiento os reembolsaría con la subvención), es una donación y, en todo caso, la contabilizaría como tal, si hiciese falta ser muy, muy purista.

Así pues, mi recomendación final es:
1- Si queréis, intentar poner un “precio justo y razonable” al transporte y anotarlo como dice Enrique en la contabilidad;

2- Anotarlo como una donación (???); o

3- Ignorar el costo del transporte (a fin de cuentas, tampoco vais a poder justificarlo) si no existe un documento oficial donde se recoja el monto total de la “susodicha” subvención.

Y, en esto sí coincido con Enrique,hagáis lo que hagáis, indicarlo en la Memoria de la entidad… para que cualquiera que vea (o no) los movimientos imputados pueda deducir a qué se deben.

Un abrazo,


Agustí—

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#3

Muy buena

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

18.07.07

Hola José Luis,

Coincido teoricamente con el compañero Enrique y coincido en lo con Agustí tambien, ambos tienen toda la razon del mundo.

Mi opinión personal es que no se contabilizara ese movimiento por que en realidad, bajo mi perspectiva, lo que se os esta ofreciendo no es ni una subvencion, ni una donación, yo lo consideraría como una ayuda ¿?(igual ese autobus apy que implicaria un mayor ingreso en el balance de la actividad.

Por supuesto que com ambos en que lo reflejeis en la memoria.

Un abrazo, Eva.

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#4

Muy buena

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

18.07.07

Hola Jose Luis, perdona pero le he dado al boton enviar sin acabar de redactar bien el mensaje.

Lo que te queria decir que igual, al ayuntamiento, ni tan siquiera les supone ningún coste adicional hacer este servicio, por eso no os pueden decir la cantidad, pero ya te digo, es lo que yo pienso.

Por lo tanto no lo contabilizaria pero si lo pondría en la memoria.

Al final de todo, en vuestros balances, os saldrá menor gasto, lo que implicará un mayor beneficio contable.

Un abrazo, y mil perdones,

Eva.

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#5

Muy buena

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

18.07.07

Coincido con mis compañeros, creo que es una actividad que debe ser reflejada en la memoria, pero no en la contabilidad al carecer de importe y documentación que acredite la subvención, carecer de soporte que justifique el gasto y sobre todo carecer de la cantidad a cargar y abonar.

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#6

Muy buena

Aportada por:

Luis Barato Risoto

Técnico de Auditoría y Contabilidad del Ministerio de Hacienda. Licenciado en Derecho

Trabaja en:

Asesor particular

18.07.07

De mi consideración.
José Luis; en todo caso, respetando otras opiniones autorizadas, creo que las operaciones no pueden tener en puridad un reflejo contable, tanto e n cuanto a que la Asociación no recibe directamente los fondos necesarios para la prestación del transporte, ni financia ni dispone el gasto asociado a la prestación (no existen flujos reales de fondos), por lo que tales operaciones no tienen reflejo en cuentas, con indepee tal circunstancia.
Saludos.
luisbarato@wanadoo,es

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#7

Muy buena

Aportada por:

Luis Barato Risoto

Técnico de Auditoría y Contabilidad del Ministerio de Hacienda. Licenciado en Derecho

Trabaja en:

Asesor particular

19.07.07

Continuación.
Parece que la respuesta aparece cortada al final
La parte que falta se refiere a que tales circunstancias pueden rfeflejarse en la memoria.
Saludos

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#8

Opinión anónima

13.08.07

Estimado José Luis:

En mi opinión esta aportación no debería tener un reflejo contable en la medida en que no se sabe el importe del servicio y, muy especialmente, no se dispone de la documentación que acredite la subvención. Adicionalmente se podría considerra como una ayuda que reciben directamente los usuarios y no vuestra entidad. Entiendo que es información que se puede reflejar en la memoria pero no en los estados financieros de la entidad.

Un cordial saludo.

Las consultas resuentas por los asesores de la Fundación Luis Vives no tienen carácter vinculante.

solucionesong.org
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