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Consulta formulada por:
Cómo contabilizar un premio que fue concedido a la Asociación por un banco
08.01.15
Hola,
Me ha surgido la duda de cómo contabilizar (¿en qué cuenta es la adecuada?) un premio que un banco concedió a la asociación. Este premio se otorgó en 2014.
¿Habría que incluirlo en el modelo 182, o en en el 347?.
Gracias de antemano.
Un saludo.
Respuestas
Opinión anónima
30.01.15
Hola Víctor,
¿De qué premio se trata? ¿Es dinero, un objeto físico…?
En principio, los premios que son dinero se contabilizan como “Ingresos extraordinarios” (cuenta 778).
Los asientos contables serían los siguientes. En el momento en que se recibe el premio:
“Caja” a “Ingresos extraordinarios”
A cierre de ejercicio, el saldo de esta cuenta de ingresos extraordinarios se lleva a pérdidas y ganancias:
“Ingresos extraordinarios” a “Pérdidas y ganancias”
En cuanto al modelo, no tengo claro que sea el 182, ya que éste es para donaciones que pagan impuestos, y esto se trata de un premio, no una donación.
http://www.impuestosparaandarporcasa.es/2013/01/las-15-respuestas-sobre-la-tributacion-de-los-premios/
“9.- ¿Y si el premio lo cobra una sociedad?
Para las sociedades o personas jurídicas, ya sean entidades sin ánimo de lucro, cooperativas o cualquier otro tipo, los premios que cobren directamente no están exentos de tributación y se integran en su base imponible del Impuesto de Sociedades, descontándose de la cantidad que les resulte a pagar la retención que les han practicado.
Ten en cuenta que los tipos del Impuesto de Sociedades son mayores que la retención aplicada del premio. Por tanto, siempre tendrá que pagar más una sociedad que una persona física, salvo que sea una sociedad con pérdidas, en cuyo caso compensaría las pérdidas con el ingreso del premio y podrá obtener la devolución del impuesto pagado del 20% de la lotería.”
Espero sirva de ayuda! Saludos!
Respuesta del participante:
30.01.15
Hola Marc!.
Muchas gracias por contestar, tendré en cuenta todo lo que me comentas.
Un saludo y gracias.