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Consulta formulada por:
Cómo contabilizar las cuotas que se pagan a otras entidades sin fines lucrativos
14.05.05
¿Cómo se contabilizarían cuotas anuales que se pagan a otras entidades sin fines lucrativos o confederaciones para colaborar con ellas?, ¿se contabilizarían en la cuenta 651 (ayudas monetarias a entidades)?.
Un saludo y muchísimas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
17.05.05
NO DISPONGO DE INFORMACIÓN SUFICIENTE PARA ATENDER SU CONSULTA
Le agradecería que la formulara de nuevo atendiendo a los siguientes criterios:
1º. Explique la situación DE FORMA ORDENADA e INTELIGIBLE.
2º. Aporte toda la información necesaria para que alguien ajeno a la situación PUEDA HACERSE UNA IDEA CLARA acerca de la misma.
Por ejemplo:
a) ¿La participación en esas entidades forma parte de los objetivos o fines fundacionales?
b) ¿El importe dedicado a esas “ayudas” se ha obtenido como rendimiento de una actividad económica y se busca una ventaja fiscal?
En la medida en que usted me facilite la información que me sirva para que tenga una visión lo más completa posible de la operación, podré atender adecuadamente su consulta. Un atento saludo.
Opinión anónima
18.05.05
Estimada Consuelo:
Efectivamente la cuenta 651 “Ayudas monetarias a entidades” se utiliza para contabilizar el importe de las prestaciones de carácter monetario concedidas a entidades y realizadas en cumplimiento de los fines propios de vuestra entidad. Su movimiento sería:
Cargo: Ayudas monetarias a entidades
Abono: Banco X cuenta corriente
Un cordial saludo.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.
Opinión anónima
26.05.05
Perdonadme porque creo que no me he explicado bien. Estas cuotas anuales son unas cuotas obligadas para pertenecer a estas entidades. ¿Habría alguna otra cuenta para este tipo de gasto?.
Gracias.
Opinión anónima
05.06.05
Entiendo que si las CUOTAS se satisfacen para PERTENECER a esas Entidades y si la pertenencia a las mismas SIRVE PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES FUNDACIONALES de AFES, las CUOTAS en cuestión constituyen UN GASTO NECESARIO PARA LA OBTENCIÓN DE LOS INGRESOS.
Como tal la registraría en una Cuenta de detalle creada al efecto dentro de la Partida (621), relacionándola con el concepto CANON.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en formular nuevas consultas para resolver sus dudas. Un atento saludo.