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Consulta formulada por:
¿Cómo contabilizamos la prestación de servicios a una admin. pública?
19.05.11
Hemos firmado un convenio marco para la prestación de servicios sociales a una Administración pública, ¿cómo contabilizamos ésto? ¿qué cuentas intervienen?
Muchas gracias.
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
19.05.11
Entiendo que se puede utilizar una cuenta 705 de prestaciones de servicios. Lógicamente deberéis utilizar también la correspondiente cuenta del cliente, en este caso la Administración Pública.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Excelente
Aportada por:
CONSULTOR TERCER SECTOR
Trabaja en:
Asesor particular
19.05.11
Estimada Vanessa:
Por lo que nos cuentas solo has firmado un convenio marco; no has realizado ninguna acción o emitido factura. En aplicación del principio de prudencia no se contabilizará el ingreso que el convenio genere hasta que realmente se produzca; es decir, hasta que emitas la factura. Como aporta Juan entraría en juego la cuenta de prestación de servicios y la de clientes:
(430X) Cliente X a Prestación de servicios (705)
En el momento del cobro
(57) tesorería a Cliente X (430X)
Respuesta del participante:
20.05.11
Muchas gracias por su pronta respuesta, me ha sido de mucha utilidad. Que tengan un buen fin de semana.