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Consulta formulada por:
¿Cómo cambiamos la Junta Directiva sin la renuncia expresa de anteriores miembros?
20.11.18
Soy Presidenta de una asociación sin ánimo de lucro. Llevamos pocos meses como asociación y somos cuatro personas en la junta directiva: Presidenta, Vicepresidenta, Secretaria y Tesorera.
Hace meses que la Vicepresidenta y la Tesorera dejaron de venir por “motivos laborales” y nos dijeron que ya no podían seguir estando en la asociación.
Les dijimos que podían hacer un escrito son su dimisión.
Pasado el tiempo, no dan señal alguna ninguna de las dos. Y ahora tenemos dos socios (Los únicos por el momento) que no les importa ocupar los puestos vacantes. Nos gustaría saber el procedimiento para hacer el cambio de junta directiva si no van a estar presentes las personas que han renunciado, ya que no han venido desde prácticamente la creación de la asociación.
En los estatutos lo único que pone es:
El cese en el cargo antes de extinguirse el término reglamentario podrá deberse a:
a )Dimisión voluntaria presentada mediante un escrito en el que se razonen los motivos.
b) Enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo.
c) Causar baja como miembro de la asociación.
d) Sanción impuesta por una falta cometida en el ejercicio del cargo.
1) En este caso, frente al abandono de la junta directiva: ¿cómo proceder a su remplazo sin tener dimisión ni justificante que lo acredite?
2) ¿Se debe hacer una asamblea extraordinaria entre las cuatro personas que quedamos y que conste en acta el abandono total para registrar el cambio de directiva que se va a realizar?
Será la primera asamblea que hagamos y estamos bastante perdidos sobre el procedimiento.
Muchas gracias de antemano. Saludos.
Respuestas
Aportada por:
Diseñador y consultor de proyectos de cooperación
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Asesor particular
21.11.18
Hola,
Buenos días.
Como muy bien indicas en tu consulta los estatutos explicitan el modo en reglamentariamente se cesa a un cargo.
Bajo mi criterio, y aprovechando la asamblea que tenéis programada, tiene sentido establecer un punto del orden del día donde sancionar (opción d) por los motivos mencionados y de este modo emitir ante el cese la necesidad de nombrar nuevos miembros. Obviamente, hay que avisar a los interesados, y explicar que se tratarán dichos puntos.
Este es por tanto el modo más práctico de conformar la nueva junta.
Recibe un cordial saludo,
Marc Masmiquel