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Consulta formulada por:
Como asociación, ¿debemos llevar un registro contable para las cuotas que los usuarios nos ingresan para pagar servicios prestados por la Federación?
28.10.05
La federación de la que forma parte nuestra asociación presta servicios a nuestros usuarios, como vacaciones, programas de encuentros de familias, etc. Los usuarios a los que presta servicios la federación pagan una cuota por ellos, pero no lo hacen directamente a la federación, sino a través de nosotros.
Sabemos que esta actividad de intermediarios no nos influye en la contabilidad, pero queremos saber si debemos llevar un registro contable de esta actividad y cómo se contabiliza.
Gracias
Respuestas
Opinión anónima
08.11.05
Hola Rasedo, que hay de nuevo. A ver si lo entiendo. La Federación presta servicios a los usuarios, y vosotos gestionais el cobro. Bien, entiendo que vosotros sois parte de la Federación, por tanto, contabilizar dentro de “cuotas de usuarios”, grupo 720.
Saludos,
Respuesta no vinculante
Respuesta del participante:
09.11.05
Antonio muchas gracias ante todo.
Si nosotros como asosiación pertenecemos a la Federación pero nosotros solamente actuamos de intermediarios entre la Federación y los usuarios de nuestra asociación. Ya que son ellos los que prestan el servicio, no nosotros, nosotros simplemente recolectamos el dinero y se lo transferimos a la Federación
Opinión anónima
21.11.05
Rasedo:
La cuestión es que cualquier ingreso que recibe la Asociación debe ser contabilizado. Por eso lo ideal sería que fuera la propia Federación, que es quien presta el servicio, la que recibiera directamente el pago por el mismo.
En el caso de que siga siendo la Asociación quien reciba el ingreso efectivamente éste podría ser contabilizado en la cuenta 720 “Cuotas de usuarios” que se utiliza, como bien sabes, para registrar aquellas cantidades percibidas de los usuarios en concepto de participación en el coste de la actividad propia de la entidad.
De esta forma habremos contabilizado la entrada de dinero pero ¿y la salida?. En este caso quizás podríais acudir a la cuenta 652 en la que se registra el importe de las prestaciones que se realizan en régimen concertado a través de entidades o centro ajenos a la entidad. Otra posibilidad es que la Federación os facturase a la asociación esos gastos pudiéndose contabilizar en la cuenta 629 “Otros serviicos”.
Un cordial saludo.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.