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Cambio dirección estutos
09.04.24
Buenas tardes.
Hemos cambiado la dirección de la asociación en los estatutos y los hemos enviado al registro de asociaciones en Madrid.
No hemos recibido respuesta, me preguntó si ya podemos utilizar la dirección nueva a efectos de correspondencia etc o debemos esperar respuesta? Gracias!
Respuestas
Aportada por:
Jesús González García.
Trabaja en:
Asesor particular
10.04.24
Hola,
Desde que la junta aprueba el cambio en estatutos es constitutivo, valido desde que se acuerda. Ahora bien, los efectos frente a terceros se producen una vez estén inscritos. De hecho, si el Registro entiende que el cambio es válido, la inscripción se retrotrae a la fecha del acuerdo.
Lo que quiero decir con lo anterior es que internamente podéis utilizar la nueva dirección pero externamente debéis mantener la antigua. De cara a terceros, una solución es mencionar que la anterior dirección ya no está vigente e indicáis la nueva.
Recordaros que una vez esté inscrito el cambio de domicilio, tenéis que comunicarlo a los distintos organismos con quienes tengáis relación, en especial, la Agencia Tributaria.
Salvo mejor opinión,
Un saludo