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Consultas Online

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Cambio dirección estutos

09.04.24

Buenas tardes.

Hemos cambiado la dirección de la asociación en los estatutos y los hemos enviado al registro de asociaciones en Madrid.
No hemos recibido respuesta, me preguntó si ya podemos utilizar la dirección nueva a efectos de correspondencia etc o debemos esperar respuesta? Gracias!

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jesús González García

Jesús González García.

Trabaja en:

Asesor particular

10.04.24

Hola,

Desde que la junta aprueba el cambio en estatutos es constitutivo, valido desde que se acuerda. Ahora bien, los efectos frente a terceros se producen una vez estén inscritos. De hecho, si el Registro entiende que el cambio es válido, la inscripción se retrotrae a la fecha del acuerdo.

Lo que quiero decir con lo anterior es que internamente podéis utilizar la nueva dirección pero externamente debéis mantener la antigua. De cara a terceros, una solución es mencionar que la anterior dirección ya no está vigente e indicáis la nueva.

Recordaros que una vez esté inscrito el cambio de domicilio, tenéis que comunicarlo a los distintos organismos con quienes tengáis relación, en especial, la Agencia Tributaria.

Salvo mejor opinión,

Un saludo

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