Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Cálculo del gasto impuesto sobre beneficios

17.04.21

Buenos días,

Al final del ejercicio, si una ONG tiene beneficio o pérdida contable, ¿debe reflejar en su contabilidad el asiento del Impuesto sobre Beneficios (cuenta 630)?

Se trata de una entidad acogida al Régimen Fiscal Ley 49/2002 y su base imponible es 0 después de realizar los ajustes extracontables, pero mi duda es si contabilizar el gasto contable. En una entidad mercantil se contabiliza un asiento por el 25% del excedente antes de impuestos pero, ¿en una ONG se hace igual o no habría que hacer ningún asiento?

Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

19.04.21

En relación con vuestra consulta indicar que si la base imponible es 0 el Impuesto sobre Sociedades también será cero (o a devolver si hubiera retenciones o pagos fraccionados). Por lo tanto, en vuestro caso no tenéis que hacer ninguna contabilización con la cuenta 630.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

solucionesong.org
Un proyecto de