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Consulta formulada por:
Bonificación de los contratos laborales, específicamente el de fomento del empleo
22.06.07
¿Qué cuenta de ingresos se debe emplear para contabilizar las bonificaciones existentes en los contratos de trabajo por fomento del empleo? ¿Qué se deducen en los TC1?
Muchas gracias.
Respuestas
Suficiente
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Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
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Asesor particular
27.06.07
Yo pienso, que teneis que contabiliizar como Gastos, el coste real que os representa el pago de la Seguridad social, o sea el importe del TC1, en el que ya esta deducidas las bonificaciones correspondientes
saludos
Opinión anónima
27.06.07
Hola.
De acuerdo con lo dicho por Ramón, simplemente sería un menor coste para la organización (menor la cta. 642). Pero, a modo informativo, es cierto que hay contables (una minoría) que sí lo reflejan realizando un asiento tal que:
D/ 476 - el importe de la bonificación
H/ 740 importe bonificado.
Aunque yo, personalmente me decanto por la primera opción porqué no lo veo del todo como una subvención, sino más bien una bonificación que te deduces directamente del gasto.
Saludos.
Suficiente
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
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Asesor particular
27.06.07
Totalmente de acuerdo con Ramon, no tienes que llevarlo a ninguna cuenta de ingresos, es un menor coste imputado directamente en los seguros sociales. Como cuando te hacen un descuento en una factura, contabilizas por la base, ya sumados todos los cargos y deducidos todos los descuentos.