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Consultas Online

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beneficiarios vs usuarios

13.05.20

Buenas tardes,
tenemos dudas sobre cómo contabilizar nuestros beneficiarios/usuarios. En nuestro caso, trabajamos con familias que acogen durante fines de semana a menores tutelados. Nosotras sólo trabajamos drectamente a las familias (formación, acompañamiento), pero directamente nunca con los menores. ¿Cómo contabilizamos nuestros beneficiarios? Suelo ver que beneficiario y usuario se usa indistintamente pero creo que quizás en nuestro caso puedan ser diferentes: ¿beneficiarios serían los menores, y usuarios las familias?
Por otro lado, una gran parte de nuestro trabajo lo destinamos a dar visibilidad al colectivo de menores tutelados en nuestra comunidad, y sensibilizar sobre sus circunstancias. ¿serían tambien beneficiarios directos de nuestra organización todos los menores tutelados de la comunidad?
Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

14.05.20

Hola, buenos días.

Usuarios y beneficiarios a efectos prácticos son sinónimos. Es cuestión de matiz o preferencia que empleéis un término u otro. Pero se podría distinguir, si fuera el caso: usuario es el que usa un servicio y participa de forma activa en él, por ejemplo, recibe una orientación o formación. Beneficiario sería el que recibe un apoyo o servicio sin contraprestación alguna, por ejemplo, recibir alimentos o ropa.

Para contabilizar, podéis diferenciar entre beneficiarios directos (los que reciben directamente vuestro servicio o ayuda) y beneficiarios indirectos (los menores y otras personas que, de rebote, se beneficien). En realidad, todos son beneficiarios, pero algunas instituciones piden que en las memorias lo distingáis.

Si hacéis otra actividad que beneficie a los menores, entonces sí podéis contarlos como beneficiarios (como sería el caso de la publicidad o las acciones de comunicación).

Espero haberte aclarado un poco. Saludos y adelante,

Montse de Paz

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

14.05.20

Hola
Yo si creo que hay que diferenciar entre usuario y beneficiario. Por ejemplo si contratas un viaje el usuario es el que lo hace y los beneficiarios pueden ser su familia por ejemplo. Aunque el usuario tambien puede tambien beneficiarse de ese viaje o no, depende.
En vuestro caso los usuarios serian las familias y los beneficiarios los niños
Un saludo
Teresa Ferraz

solucionesong.org
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