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Consulta formulada por:
Ayuda a otra entidad
19.12.24
Hola,
Vamos a conceder unas ayudas a entidades socias, para financiacion de gastos que no pueden cubrir con otras subvenciones,
que asiento hacemos, cuando le damos el dinero?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.
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Asesor particular
19.12.24
Para registrar la concesión de ayudas a entidades socias según el Plan General de Contabilidad español, debes seguir estos pasos:
Reconocimiento de la subvención: Cuando se concede la ayuda, se debe reconocer como un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias. El asiento contable sería:
650 (Gastos en subvenciones concedidas) a 572 (Bancos)
Aquí, la cuenta 650 refleja el gasto por la subvención concedida y la cuenta 572 refleja la salida de dinero del banco.
Registro del pago: Cuando se realiza el pago de la subvención, se debe registrar la salida de fondos del banco. El asiento contable sería:
572 (Bancos) a 410 (Acreedores por subvenciones concedidas)
En este caso, la cuenta 410 se utiliza para reflejar la obligación de pago de la subvención.
Imputación a resultados: Si la subvención está destinada a cubrir gastos específicos, se debe imputar a resultados de manera sistemática y racional en función de los gastos que financia. El asiento contable sería:
410 (Acreedores por subvenciones concedidas) a 650 (Gastos en subvenciones concedidas)
Este asiento refleja la imputación del gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Es importante asegurarse de que la subvención cumpla con los requisitos para ser considerada no reintegrable, como se menciona en la normativa contabl