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Consulta formulada por:
Asientos contables relativos a concesión de subvención
11.01.05
Hemos recibido una subvención para el año en curso. El asiento que hemos realizado en el momento de la concesión es: 470 Hacienda Pública por diversos conceptos a la cuenta 725 de Subvenciones.
Cuando recibamos el dinero, el asiento será: 572 Bancos a 470.
¿Es correcto este planteamiento?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Técnico de proyecto.
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12.01.05
Estimada amiga,
Según mi opinión el desarrollo es perfecto. Si la subvención fuera para el año siguiente habría que llevarlo a la 130 y luego a la 725.
No obstante, la mejor cuenta de H.P. es la 470.8 deudor por subvenciones.
Un saludo
Laura
Opinión anónima
12.01.05
Creo que los movimientos que has planteado son los correctos, pero si no recuerdo mal hay una cuenta especifica para anotar el movimiento mientras Hacienda no os da el dinero. Supongo que será la 470. X
Aportada por:
Responsable Area Fiscal y Contable Fundación Gestión y Participación Socialwww.asociaciones.org
Trabaja en:
Asesor particular
12.01.05
Estimada Maria José:
Totalmente de acuerdo con tus anotaciones contables. Solo has de tener en cuenta dos puntualizaciones:
1.- Haz siempre primero el asiento de la 470 a la 130. Cuando te abonen la subvención el asiento sería 572 a 470. Al final del ejercicio, traspasaras del saldo de la 130 la parte de la subvención que se utilice en el ejercicio, en este caso, comentas que la subvención se concede para el ejercicio en curso, por tanto, debereis gastar el 100% de dicha subvención y se anotará el asiento 130 a 725 por toda la cantidad subvencionada.
2.- Si la subvención que os conceden es de capital, es decir, para financiar la compra de elementos del inmovilizado, la operativa contable es distinta, debiendo traspasar a resultados del ejercicio, la misma cantidad que destineis a amortizar estos elementos o activos que os han subvencionado.
Un saludo.
Opinión anónima
15.01.05
Estimada Mª José:
Efectivamente la cuenta 470 se utiliza para contabilizar las subvenciones, compensaciones, desgravaciones…realizadas por las Administraciones Públicas.
En el caso de las subvenciones se utiliza la cuenta 4708 “Hacienda Pública, deudor por subvenciones concedidas”. Los movimientos serían:
i) Cuando se concede la subvención:
Cargo: Hacienda Pública, deudor por subvenciones concedidas.
Abono: Subvenciones (subgrupo 13 o 74) ó Deudas a largo plazo (subgrupo 17)
ii) En el momento del cobro:
Cargo: Tesorería
Abono: Hacienda Pública, deudor por subvenciones concedidas.
Un cordial saludo.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.