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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carolina Margenat

Amortización de inmovilizado

10.06.10

Hola!


Soy nueva en el mundo de las ONG y mi pregunta es si se amortiza el inmovilizado de una ONG. En caso de ser afirmativa la respuesta, ¿los coeficientes de amortización son iguales a los coeficientes fiscales para empresas?


Muchas gracias,


Carolina

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jose Jesus Rendo Thomas

Responsable de Contabilidad y Administrador de sistemas en la Asociacion

Trabaja en:

Asesor particular

11.06.10

Hola carolina


 


Si, los bienes de una ONG si se amortizan, piensa en una ONG como una empresa, las tablas que se usan son las mismas que para una empresa ordinaria, solo supongo que solo se atendera a elementos comunes.


 


Un saludo

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#2

Aportada por:

José Manuel Eiré Rodríguez

Auditor Censor Jurado de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

11.06.10

Como bien dices las tablas son fiscales, y no contables.


La amortización, contable, es igual en una ong que en cualquier otra empres, pero hay que tener en cuentas que las tablas fiscales no tienen en cuenta el criterio de vida útil según las condiciones de uso si no que normalmente estan calculadas en función de 8 horas diarias de uso y condiciones normales. Para el calculo de la vida util hay que tener en cuenta su uso y condiciones ya que ello determinara la vida útli.


Saludos cordiales

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#3

Opinión anónima

11.06.10

Hola Carolina,


Ya loa haces bien, la operativa es igual que en cualquier empresa.


Saludos,


Conrad Liarte

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#4

Aportada por:

Bernardo Naranjo Luna

Colaborador en Contabilidad y Fiscalidad www.balendu.org

Trabaja en:

Asesor particular

11.06.10

Estimada Carolina,


Son los mismos de cualquier empresa.


Acceso a tablas de amortización (pincha aquí)


Espero haberte servido de ayuda,


Un saludo cordial,


Bernardo Naranjo


gestion@balendu.org


 

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#5

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

11.06.10

Buenas tardes Carolina:


El inmovilizado de cualquier entidad, ya sea lucrativa o no lucrativa, se amortiza de acuerdo a los porcentajes legales marcados por el Ministerio de Hacienda.


Ahora bien, la entidad, si está exenta de tributación por el Impuesto de Sociedades, puede jugar con los importes minimos a amortizar.


Si la adquisición del bien ha sido realizado con el ingreso obtenido por una subvención, este ingreso deberá periodificarse en la misma proporción que la amortización, de manera que el resultado sea neutro.


Espero haber aclarado tus dudas.


Un saludo,


Mariano Romero


mariano.romero@cuadre-dyg.org

solucionesong.org
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