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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ana Navarro

Alquiler de casa/sede protectora de animales

27.11.24

Buenas tardes,

Me gustaría saber cómo se puede alquilar una vivienda para la protectora en la que soy voluntaria para que puedan vivir los peludetes allí junto con la persona encargada. Si hay algún tipo de beneficio fiscal, si es necesario un contrato diferente…

Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Andre Hoelzle-Silva

Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.

Trabaja en:

Asesor particular

28.11.24

Alquilar una vivienda para una protectora de animales en España implica algunos pasos y consideraciones específicas. Aquí te dejo una guía general:

1. Contrato de Arrendamiento
Para alquilar una vivienda destinada a una protectora de animales, es importante que el contrato de arrendamiento refleje claramente el uso específico del inmueble.

Esto incluye:

Uso del inmueble: Especificar que la vivienda será utilizada como refugio para animales y residencia para la persona encargada.
Condiciones especiales: Incluir cláusulas sobre el cuidado y mantenimiento del inmueble, considerando la presencia de animales.

2. Beneficios Fiscales
En cuanto a beneficios fiscales, no hay deducciones específicas para el alquiler de viviendas destinadas a protectoras de animales. Sin embargo, podrías explorar las siguientes opciones:

Deducciones generales: Si la protectora está registrada como una entidad sin ánimo de lucro, podría beneficiarse de deducciones fiscales aplicables a este tipo de organizaciones.
Subvenciones y ayudas: Investigar posibles subvenciones o ayudas a nivel local, autonómico o nacional destinadas a la protección animal.

3. Normativa y Regulaciones
Es crucial cumplir con la normativa vigente en cuanto a bienestar animal y uso de inmuebles:

Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales: Esta ley establece las condiciones mínimas de bienestar para los animales y podría influir en cómo se debe acondicionar la vivienda.
Reglamentos locales: Verificar las ordenanzas municipales que puedan afectar el uso del inmueble como refugio de animales.

4. Permisos y Licencias
Dependiendo de la ubicación, puede ser necesario obtener permisos específicos para operar un refugio de animales en una vivienda:

Licencia de actividad: Algunas comunidades autónomas requieren una licencia específica para operar un refugio de animales.
Permisos de convivencia: Asegurarse de que la comunidad de vecinos esté informada y de acuerdo con el uso del inmueble para evitar conflictos.
5. Consideraciones Adicionales
Seguro de responsabilidad civil: Es recomendable contar con un seguro que cubra posibles daños causados por los animales.
Adaptaciones del inmueble: Realizar las adaptaciones necesarias para garantizar el bienestar de los animales y la seguridad de las personas.

Referencias:
ey 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales

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