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Debates del equipo asesor

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Abierto por:

Gema Jiménez

Equipo de SolucionesONG.org

¿Son interesantes las novedades en los modelos 340 y 347 para difundirlas?

13.12.11

Hola a todos y a todas,

Os escribimos desde SolucionesONG.org porque hemos visto estas Novedades publicadas en la web de la Agencia Tributaria respecto a los Modelos 340 y 347 y quería consultar con vosotros si es de interés o no para difundirlo en nuestro boletín semanal.

Novedades en obligaciones formales Notificaciones Modelos 340 y 347. Forma de pago de devoluciones tributarias.

Muchas gracias!

Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

13.12.11

Hola Gema y equipo de SolucionesOng.

Ya sabéis que pienso que cualquier información que se facilite a las entidades y esté bien estructurada y realizada siempre es positivo.

Dicho esto es cierto que estas obligaciones formales solo van a afectar a aquellas entidades que estén en régimen general de IVA o en régimen mixto (reglas de prorratas especiales o generales).

Las entidades que se encuentren exentas en el totalidad de sus operaciones no les afectará, puesto que no le es de aplicación las obligaciones que establecen el modelo de declaraciones con terceros.

Esta mañana curiosamente he estado hablando con un técnico de la AEAT sobre este asunto. De momento hay muchas dudas al respecto, de hecho todavía están formando a los propios técnicos de hacienda y no tienen muy claro cómo va a ser el procedimiento.

De lo que se vislumbra hasta ahora es que el sistema del 347 va a seguir siendo de carácter anual (como siempre) pero la información se tendrá que suministrar estructurada de manera trimestral.

El objetivo de este sistema está claro. El fisco quiere evitar que en el transcurso del año natural las empresas realicen y “jueguen” con los movimientos inter-trimestrales de generación de facturas y/o abonos que puedan derivar en una evasión en el pago del impuesto del IVA.

Las reglas de este juego favorecen siempre a la administración.
Si la liquidación resulta a pagar debes liquidarlo y a pagar toca. Sin embargo si la liquidación de IVA es a devolver, la mayoría de las entidades optan por compensar con periodos posteriores, ya que si quieres que la administración te devuelva en dicho trimestre (modelo 340), te someterá a nuevos controles y a la sombra permanente de una inspección fiscal.

Este sistema se va a complicar mucho más si a final el nuevo gobierno opta por establecer el sistema de devoluciones y compensaciones de IVA de acuerdo al criterio de caja es decir cuándo se cobra y se paga el IVA entre las empresas, y no del devengo como se viene aplicando hasta el momento. Este sistema que si bien a priori es mucho más justo y dejaría de generar tensiones financieras en las empresas por el impuesto, es de una dificultad terrible en su aplicación ya que todo el sistema económico, financiero y contable está diseñado sobre la base del devengo y no del cobro, lo cual supondría actuar “contra natura” sobre los sistemas de gestión de las empresas.

Por lo tanto y en consecuencia creo que aun existen muchas dudas y mucha incertidumbre sobre cómo va a evolucionar definitivamente este asunto.

En cualquier caso este sistema, diseñado por Borrell en los años 80, se ha perfilado como el método perfecto de control y fiscalización de las entidades.

Es la cuadratura del círculo en la que los propios sujetos pasivos son los que se “fiscalizan” unos a otros, mientras los sistemas informáticos de la AEAT están sencillamente vigilantes para ver quién ha evitado información o facilitado información errónea y cuándo.

La apuesta por las buenas prácticas en las ONG hacen aconsejable que las entidades se sometiesen cada vez más a los criterios y sistemas de gestión de las empresas. Entre ellos debería estar los de desarrollar y aplicar un criterio de registro de facturación recibida aun cuando dicha entidad estuviese exenta y no pudiese recuperar dicho IVA.
Esto permitiría conocer de una manera mucho más exacta a la que disponemos hasta ahora, de cuál es el agujero que la aplicación de una pseudo-exención fiscal genera a las entidades, y sobre qué medida merman sus recursos.

No es menos cierto que el primer paso debería darlo la administración y este debería ser permitir recuperar el IVA soportado en nuestras operaciones mediante la creación del tipo 0 (cero) o sencillamente mediante una declaración de dichas operaciones.

Por tanto y mientras no exista obligación de declarar por el modelo 347, mi recomendación es que no se haga, postura que ya he manifestado en varias aportaciones al foro de consultas.

Está más que acreditado que las entidades que están totalmente exentas no pueden considerarse obligados a declarar tales operaciones ya que a efectos del IVA no actúan como empresarios y/o profesionales si no como consumidor final, y en consecuencia sería como que cada uno de nosotros tuviésemos que declarar anualmente el IVA de las compras que hacemos a nivel particular.

El argumentario es mucho más técnico, y no quiero extenderme aquí, pero en síntesis se resume en lo anterior.

Un cordial saludo.-

Manuel Naranjo.

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#2

Aportada por:

Eloy Martínez Parra

ELOY MARTINEZ www.competic.es/asemar

Trabaja en:

Asesor particular

13.12.11

Comparto la opinión de Manuel Naranjo sobre que no hay obligación de presentar el modelo 347, aunque hay que tener en cuenta que luego pueden haber problemas con los certificados de hacienda de estar al corriente, con las consecuencias que puede producir. Esos problemas se deben a las subvenciones declaradas por terceros (obras sociales principalemente) y que la entidad no declara en el 347.
Por dicho motivo, puede ser interesante presentarlo para hacerlo coincidir con lo que declaran terceros sobre nosotros y evitar el problema que indicaba.

Saludos.
Eloy Martínez.

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#3

Aportada por:

Gema Jiménez

Equipo de SolucionesONG.org

Trabaja en:

Fundación Hazloposible

16.12.11

Muchas gracias a los dos por vuestras aportaciones.
Publicaremos vuestros comentarios en nuestro blog para que tengan conocimiento las ONG que nos leen.

Saludos y gracias!!

Este debate está cerrado y no admite más aportaciones

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