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Debates del equipo asesor

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Abierto por:

Ángel Acisclo Huélamo Villanueva

CEO AHPimpacto / Consultor ENL

Estatutos y elecciones-Asociación

31.05.22

Buenos tardes,

Quería hacer una consulta. Cuando se convocan elecciones en una asociación, y ha habido un cambio de estatutos reciente pero no se han inscrito en el Registro de Asociaciones los nuevos estatutos y por tanto no han sido aprobados por el Ministerio del Interior, que estatutos rigen para las elecciones, los antiguos o los aprobados recientemente.

Un saludo

Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

01.06.22

En base a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Asociaciones (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo), entiendo que la inscripción de los estatutos, como la inscripción de la propia asociación, es declarativa y no constitutiva.

Por ello, el cambio de estatutos es efectivo desde su aprobación por la asamblea general, con independencia de su posterior inscripción, motivo por el cual el marco de las elecciones serán los nuevos estatutos aprobados.

Según entiendo.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

01.06.22

Buenos días,

los acuerdos de la asociación son ejecutivos desde el momento en que se toman por el órgano de la asociación. El Registro de Asociaciones no aprueba nada, solo inscribe a efectos informativos y para dar publicidad. Incluso la constitución de la asociación es desde el momento en que los socios fundadores firman el acta fundacional y aprueban los estatutos, no desde que el Registro inscribe.

Saludos,

Este debate está cerrado y no admite más aportaciones

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