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Consulta formulada por:
Vamos a recibir una donación de un inmueble que usaremos para los fines de la entidad ¿Qué obligaciones tenemos?
26.10.14
Hola,
Somos una asociación sin ánimo de lucro cuyo fin primordial es la ayuda a personas en riesgo de exclusión social. Una persona física nos ofrece la donación de un inmueble, que sería utilizada para cumplir los fines de la entidad. Antes de aceptar la donación queremos saber qué obligaciones económicas o de otro tipo se desprenden de dicha donación y si está exenta de algún tipo de impuesto.
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
27.10.14
La donación del inmueble es una operación immportante para vuestra entidad, con grandes ventajas en cuanto que aumenta su patrimonio y sirve para desarrollar mejor sus fines sociales. Ahora bien, por ser una operación de entidad deben analizarse con detalles las cuestiones fiscales, notariales, registrales, o de posibles deudas o cargas que puedan gravar el inmueble. Entiendo que este análisis pormenorizado excede de las posibilidades de este foro, si bien señalar que la donación estará exenta del Impuesto sobre Sociedades para vuestra asociación (al ser una persona jurídica la donataria no tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones), circunstancia ésta que constituye una tremenda ventaja desde el punto de vista fiscal. Por el contrario, la donación puede tener unas consecuencias fiscales importantes para el donante. Así generará una plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) para el donante y de igual manera podrá generar una ganancia patrimonial significativa en su IRPF.
Por otro lado, antes de otorgar la correspondiente escritura pública de donación, deberéis comprobar la situación registral del inmueble y descartar la existencia de posibles cargas sobre el mismo.
Como digo, considero que es una operación que exige un estudio pormenoriazado, si bien espero que os ayuden en todo caso estos comentarios.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Respuesta del participante:
29.10.14
Muchas gracias por su respuesta, como bien dice el tema es colplicado y es preciso un nbuen asesoramiento previo de todas las obligaciones legales y económicas que se derivan de la aceptación de la donación. La finca está libre de hipotecas, adjuntamos rebibo de IBI por si puede informarnos con más detalle. Cordialmente
M. Rosa Sanz
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