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Consulta formulada por:
Vamos a organizar un evento con una entidad europea ¿Debemos hacer el contrato en los dos idiomas?
23.01.14
Hola,
Somos una asociación española pero vamos a organizar un evento en otro país de EU (colaborando con una asociación de allí). Para hacer cualquier tipo de contratos allí (donaciones, subvenciones,..) ¿tenemos que hacerlo en los dos idiomas (español/otro) o es suficiente hacerlo en otro idioma? No vamos a contratar el personal
Gracias
Un saludo
Respuestas
Opinión anónima
24.01.14
Cada parte tiene su propio idioma y se elaboran dos versiones del contrato en cada uno de ellos (ej. empresa española y empresa noruega que redactan dos versiones del contrato una en noruego y la otra en español) Aquí es muy importante señalar, mediante cláusula, cual será el idioma que prevalecerá.
Excelente
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Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor
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Asesor particular
24.01.14
Hola,
Normalmente los contratos incluyen una cláusula en la que se especifique a qué jurisdicción están sujetos a efectos de interpretación, resolución de discrepancias y en su caso, procedimiento judicial. Ese será el ordenamiento jurídico aplicable a vuestro contrato.
Si no incluis en el contrato tal apartado, la jurisdicción será la del lugar en el que se firma el mismo, mención de cuya localidad normalmente aparece bien en la introducción o en el pie de firmas.
El idioma del contrato debe ser el del lugar en el que se generan las obligaciones para las partes, donde se fueran a dirimir las diferencias entre las mismas, devengar impuestos si los hubiera, etc. De otra forma el contrato podría ser inválido, o requerir de una traducción oficial al idioma del pais de que se trate, donde no se habla español según entiendo por lo que apuntáis.
Lo mejor es hacer una traducción en ambos idiomas, eso sí prestando atención a la corrección de los términos jurídicos que aparezcan en el texto.
Excelente
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Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
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Asesor particular
24.01.14
Hola Mónica,
Efectivamente en el propio contrato aparece el lugar y los tribunales que en caso de conflicto hay q acudir. Esto se puede negociar ya que a cada parte le interesará acudir a los tribunales de su lugar
Y como dicen los compañeros yo tb traduciría el contrato en ambos idiomas. Supongo que el problema es que esto puede ocasionaros un coste. En este asunto no os puedo dar pistas
Un saludo
Teresa Ferraz
Respuesta del participante:
24.01.14
Hola
Muchas gracias a todos. Lo mas fácil entonces es tenerlo preparado en los dos idiomas aunque lo que me estáis diciendo puede ser solo en el idioma del país donde lo vamos a hacer. Yo soy bilingüe así que el tema del idioma no es el problema. Pero pensábamos que es importante (obligatorio) tenerlo en los dos idiomas por ser asociación española.
Muchas gracias de nuevo
Un saludo
Excelente
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Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
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Asesor particular
24.01.14
Hola Mónica,
Entonces dado que eres bilingüe y la traducción por tanto está a tu alcance lo realizaría en ambos idiomas
Un saludo
Teresa Ferraz
Excelente
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
24.01.14
Mónica
Una cosa es la jurisdicción y otra el idioma del contrato
Teresa Ferraz