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Consulta formulada por:
Vamos a empezar a retener el IRPF a dos nuevos trabajadores y nos gustaría que nos informáseis sobre este impuesto.
22.01.08
Para este año 2008, tenemos que empezar a retener IRPF a nuestros dos trabajadores, y ya que es algo nuevo para nosotros nos gustaría tener una información general sobre lo que es este impuesto:
- ¿Que es el IRPF y que beneficios o derechos da al trabajador que se le retiene?
- ¿Este impuesto es recuperable de alguna manera por el trabajador?
- ¿El hecho de que a un trabajador se le retenga IRPF le obliga a hacer declaración de la renta?
- El porcentaje que debemos retener es el 2%, ¿este porcentaje se mantiene durante todo el año o se debe hacer algún tipo de regularización al final del año?
Agradezco cualquier información al respecto.
Respuestas
Suficiente
Aportada por:
Economista auditor
Trabaja en:
Asesor particular
23.01.08
Estimada MAritza, intento darte unas ideas sobre el IRPF. Este es un impuesto mediante el que se financian las actuaciones públicas. Este impuesto es anual, no obstante, se hacen liquidaciones parciales ( trimestrales y mensuales) a fin de poder tener financiación por las Entidades públicas. Eso, son las retenciones de IRPF que habrás de hacer a tus trabajadores, pagos a cuenta del impuesto anual que se hace año vencido en el mes de mayo-junio del siguiente, y que tu habrás de ingresar en Hacienda de forma trimestral mediante un modelo específico denominado 110.
Por tanto, el IRPF ( y las retenciones a cuenta del mismo) es un coste de impuestos para los trabajadores. Los beneficios vienen implícitos en las actividades públicas.
Obviamente, al ser un impuesto anual, las retenciones que se realizan, desde la íultima ley del impuesto, hacen cuadrar el coste del impuesto con las retenciones que se hacen por parte de las entidades, por tanto, a no ser que se esté pagando hipoteca o se realicen apoartaciones a fondos de pensiones ( y otras actuaciones), las retenciones son practicamente iguales al coste del impuesto, por lo que no suelen ser recuperables.
El porcentaje de retención que comentas del 2% es el mínimo a realizar ( aunque en determinados casos puede ser cero). PAra calcular el tipo de retención, se tienen en cuenta una serie de baremos como retribuciones anuales, situación familiar etc. Por tanto, el tipo de retención depende de variables que pueden cambiar a lo largo del año, por lo que ese tipo de retención que comentas puede variar. Por lo que se va ajustando de forma que en el año completo, el % de retención sea el que la Ley marca.
Espero haberte ayudado algo.
Saludos
Javier Marco