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Consulta formulada por:
Vamos a alquilar una vivienda ¿Podemos emitir recibo o debemos hacer declaración de actividad económica?
28.04.15
Hola,
Como ONG, no hacemos impuesto de actividad económica no llegábamos al mínimo. Ahora vamos a alquilar una vivienda. ¿podemos emitir recibo o tenemos que hacer declaración de ingreso de actividad económica? El alquiler pasaría de 3000 ¿hay que registrarlo como ingreso?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
29.04.15
El alquiler de un inmueble (sea vivienda, oficina o local) por una persona jurídica, en vuestro caso una asociación, supone que el arrendatario (la asociación) tenga que practicar retención (actualmente al tipo del 20%) de las rentas que satisface e ingresar esos importes mensualmente en Hacienda a través del modelo 115. Por otro lado, la arrendadora (la dueña de local) debería repercutir IVA por el arrendamiento.
No sé si esto aclara vuestras dudas.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Asociación sin animo de lucro
Trabaja en:
Asesor particular
14.05.15
Gracias por la respuesta, si aclaro dudas, ahora tendremos que ver si estamos acogido a eso a la ley 2002 gracias
Aportada por:
Asociación sin animo de lucro
Trabaja en:
Asesor particular
14.05.15
tambien para acogernos a dicha normativa se podria hacer ahora en caso de no estar acogido,? a la de 2002?