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¿Utillaje o maquinaria?
09.05.23
Buenos días.
Somos una asociación de voluntariado de protección civil. Recibimos subvenciones de una administración pública que nos permite la adquisición de utillaje, pero no así de maquinaria ni bienes inventariables.
Pretendemos adquirir con cargo a dicha subvención, una pinza hidráulica a batería para rescate de personas en accidentes de tráfico, similares a las que usan los servicios de bomberos.
Dicho artículo, ¿sería considerado como utillaje, o como maquinaria?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es
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Asesor particular
09.05.23
Buenos días.
Por definición, el elemento que se describe formaría parte de los considerados inventariables, ya que su utilidad se trasladará a varios años de funcionamiento (entiendo que no se consume totalmente en un ejercicio) y en consecuencia solo sería subvencionable la parte de amortización que le correspondiera a los años de vida útiles de dicho bien, esto siempre y cuando las bases de la subvención lo permita. (Artículo 31.6 Ley de Subvenciones)
Otra cuestión que se podría plantear, es el alquiler de la maquinaria (en lugar de la compra). De esa manera podría encajar en gastos subvencionables.
Aunque obviamente hay que estar a lo que determine las bases.
En cualquier resulta contradictorio que permitan la adquisición de utillaje y no de maquinaria, puesto que ambos conceptos por definición son inventariables.
Un saludo.-