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Consultas Online

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Uso de la Red SARA con el certificado digital

24.08.22

Buenos días,
Nos surge una duda sobre registrar documentos a través del sistema Red SARA.
Tenemos certificado digital de la Asociación. Para realizar los trámites de registro y entrar en la Red Sara, ¿que tenemos que entrar como interesado o representante?
Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

24.08.22

Hola amigos,
Como bien sabéis la Red SARA es un conjunto de infraestructuras de comunicaciones y servicios básicos que conecta las redes de las Administraciones Públicas Españolas e instituciones europeas facilitando el intercambio de información y el acceso a los servicios.

En este sentido si ya tenéis como entidad certificado digital la gestión debe realizarse como “interesado”. La figura de representante la asumiría por ejemplo un gestor externo que os llevase las obligaciones fiscales.
Pero en vuestro caso, sois interesados.

Un saludo cordial,
Marc

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#2

Respuesta del participante:

24.08.22

muchas gracias

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#3

Excelente

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

26.08.22

En relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: sin perjuicio de la aportación que le traslada mi compañero Marc Masmiquel, cuyos criterios comparto, asimismo, cabe referir que conforme al artículo 14.2. de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece que:
“2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
3. Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.”
Del tenor del precepto legal referido, tanto las sociedades, entidades sin personalidad jurídica, entre otras, están obligadas a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos.
Al respecto, la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre- Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM ) es quien tiene asignada la prestación de los Servicios de Certificación y pone a disposición diferentes tipos de certificados electrónicos mediante los cuales identificarse y realizar trámites a través de Internet: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados.
La FNMT-RCM emite distintos certificados y distingue entre el certificado de representante de las personas jurídicas y de las entidades sin personalidad jurídica, lo que puede servir de guía para diferenciar sendas figuras.
En concreto, pueden solicitar el certificado de representante de las personas jurídicas, las sociedades que tengan como administrador único a otra sociedad, las sociedades anónimas y limitadas; las sociedades colectivas, comanditarias, cooperativas; las asociaciones, fundaciones, partidos políticos, sindicatos, asociaciones de consumidores y usuarios, organizaciones empresariales, federaciones deportivas; congregaciones e instituciones religiosas; sociedades agraria en transformación, agrupación de interés económico, agrupación europea de interés económico.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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#4

Respuesta del participante:

27.08.22

Han sido respuestas muy claras y rápidas. Han servido de gran ayuda. Gracias

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