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Consulta formulada por:
¿Una prestación de servicios a una organización extranjera está exenta de IVA?
23.11.12
Hola,
Mi duda es si una “exportación de servicios”, es decir una prestación de servicios a una organización extranjera (no comunitaria) , está exenta de IVA, como ocurre con las exportaciones de bienes.
Gracias
Respuestas
Opinión anónima
23.11.12
Buenas noches,
Bueno lo que planteas no es cuestión fácil desde el punto de visto del IVA debido a la complejidad que revisten las reglas de localización de los servicios de acuerdo con los art. 69 a 71 de la LIVA.
No obstante, te comento la regla general en prestaciones de servicios:
- Si el destinatario es empresario o profesional en el ejercicio de su actividad y esta establecido fuera del territorio español de aplicación del IVA, la operación está no sujeta. Es importante destacar que la operacion no es que este exenta sino no sujeta y asi deberia documentarse en la factura correspondiente.
- Si el destinatario es consumidor final, la operación se localiza donde tenga el prestados su sede con determinadas excepciones.
Esto sin perjuicio de las reglas especiales de localizacón de los servicios reguladas en el art. 70 LIVA.
En conclusión, con carácter general, la operación que describes estaria NO SUJETA A IVA ESPAÑOL. Pero insisto en que hay que analizar el servicio para ver si le puede ser de aplicación alguna regla general.
Espero haberte ayudado. Un saludo.