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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

¿Una persona de la junta directiva puede realizar actividades en la asociación y cobrar por ello?

05.11.12

Hola,

Estoy intentando sacar una asociación adelante, está relacionada con el mundo del teatro la danza y la música, más bien todo aquello que se pueda llevar a cabo encima de un escenario.

En un principio somos tres personas y evidentemente tendríamos que formar parte de la llamada junta directiva de la asociación. Vamos a impartir formación relacionada con estos temas y en un principio nosotros mismos seremos los formadores.

Me gustaría saber si esto se puede hacer y si existen incompatibilidades para poder ejercer esta función y cobrar por la formación impartida. Es decir, ¿Puedo ser el monitor de ese taller y cobrar por serlo? ¿O estoy obligado a contratar a una persona externa para que imparta la formación?

Gracias por vuestra ayuda.

Un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

05.11.12

En principio, un miembro de la Junta Directiva puede cobrar a la asociación por trabajos o servicios distintos a los propios de miembro de la Junta Directiva, bien como profesional, bien como trabajador por cuenta ajuena. Ahora bien, y con independencia de que sea o no vuestro caso, es conveniente recordar que no debemos desnaturalizar las asociaciones y utilizarlas como fórmulas alternativas a las sociedades mercantiles, o incluso a las cooperativas, de manera que se utilicen las mismas con un ánimo encubierto de lucro.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Opinión anónima

06.11.12

Me uno a la reflexión de Juan González: ¿Cual es el objetivo de crear esa nueva entidad? Promover el interés general de la población del entorno por la danza, el teatro, la música y actividadesa escénicas en general, y para ello tratar de integrar como socios o colaboradores de la entidad al mayor número de personas posible? ¿O de lo que se trata es de conformar una estructura jurídica desde la que ofrecer formación?
Si lo que se piensa es en abrir la entidad a otras personas y promorver el interés general, la figura jurídica de la asociación es pertinente.
Si lo de que se trata es de que sólo haya tres socios (o poco más) y de ofrecer formación en la que los mismos socios/directivos sean los formadores (es decir, basicamente sería un autoempleo, objetivo muy loable) lo correcto es utilizar otra figura jurídica, como puede ser la cooperativa (que además cuenta con apoyo de subvenciones públicas) o bien algún tipo de sociedad mercantil; de lo contrario estáriamos en un proceso con falta de transparencia, unoi de los principios básicos de funcionamiento del tercer sector.

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#3

Opinión anónima

06.11.12

Agradezco vuestras respuestas, ya que me ayudáis bastante en este tema. Nuestra asociación todavía no ha nacido estamos en proceso de sacarla adelante y tal vez no nazca, yo necesito aclarar todas las dudas en el aspecto jurídico para no incurrir en error, dejar muy muy claro que nuestra entidad nace para promover en barrios donde los recursos económicos son bastante limitados algo tan bonito como el teatro, la danza y la música. No todo el mundo tiene la posibilidad de entrar o pagar una academia privada con lo que eso conlleva, bien porque no quiere dedicarse a ello de manera profesional o porque no disponen de los recursos económicos. Somos 3 personas y esperamos llegar a 30000 pero paso a paso, primero tendrán que conocernos y despues participar de la asociación, porque se trata de eso, de participar y conocer entre todos obras teatrales que nunca jamas han leído o danzar al ritmo de musicas etnicas que jamas oyeron, se trata de fomentar el arte y la cultura en mi barrio, no voy mas allá. Yo estoy asistiendo a los recortes en mi propio barrio, relacionados con la cultura y el arte en general,temas que a mi me parecen fundamentales, como poder distraer a niños y mayores de sus preocupaciones y desidia con actividades culturales para mi fundamentales en una sociedad y quien sabe…...plantar en alguien una semilla de creatividad que le haga darse cuenta de que puede volar si realmente trabaja y lo desea. La mayoría de ellos no disponen de recursos económicos para llegar a esta formación y yo quiero poner remedio a eso. Pero evidentemente si contrato a un profesional para ello, tengo que pagarle y si puedo hacerlo yo pues eso que nos ahorramos, ya que evidentemente estamos hablando de cantidades económicas simbólicas, porque yo no cuento ni con subvenciones ni ayudas. Otra cosa que desconozco totalmente, solo quiero que todos puedan subirse a las tablas de un escenario una vez en su vida y sean artistas de sus casas, fomentando la autoestima de la gente con una sonrisa, la mejor medicina del mundo. Muchísimas gracias de corazón por resolver mis dudas, soy ignorante en estos temas y no quiero equivocarme

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#4

Opinión anónima

07.11.12

Hola, me llamo Mariam. Soy abogada y mediadora familiar y escolar. Presido una asociación que ofrece atención integral a la familia, a los niños/as a los adolescentes y a las personas mayores. Trabajamos el conflicto familiar y escolar, su resolución pacífica y dialogada y la educación socioemocional como vía adecuada para ello.
Mi entidad nació igual que la tuya. Sólo tres socias con la única intención de acercar estos recursos a las familias que los pudieran necesitar al mas bajo precio posible y a veces, incluso, desde la gratuidad, así como intentar buscar a cuantos profesionales de los ambitos sociales estuvieran interesados en conciliar su vocación social con el autoempleo y sin ánimo de lucro o enriquecimiento. Desde ahí, opino que la figura de la asociación es totalmente legítima y loable, y no se desvirtúa, siendo legítimo también poner tus competencias profesionales al servicio de la misma; bien como voluntaria sin percibir nada (y también sin necesidad por ello de que te genere gastos de seguridad social); bien facturando por ellos como profesional que presta servicios en la misma (con la consiguiente alta previa en autónomos)o bien cobrando una nómina a cargo de la asociación tras haberte dado de alta como trabajadora dependiente en la misma. Todo ello es compatible con que seas miembro de la junta directiva, pues las competencias y obligaciones de estos cargos (que suelen ser muchas) sí van a ser gratuítas.

Creo que tu intención es loable y la figura jurídica de la asociación, en mi humilde opinión, no queda desvirtuada.

Suerte en tu proyecto. Es muy bonito.

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#5

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

10.11.12

Hola,

quiero añadir algo que yo creo que hay que considerar para elegir la forma jurídica que mejor se adapta a lo que pretende la persona que ha puesto la consulta.

Las asociaciones no tienen dueño ni se pueden comprar o vender, por lo que si la idea tiene éxito y resulta ser un proyecto empresarial viable no es posible rentabilizar el esfuerzo que se pueda haber hecho para sacarlo adelante si no que quedaría en manos de los socios de la asociación para que lo continuaran adelante. En cambio si se constituye una sociedad mercantil tú serías el propietario y podrías incluso dar entrada a un socio capitalista que aportara el capital necesario para hacer crecer la empresa y poder rentabilizar tu idea y el esfuerzo inicial para la puesta en marcha.

Por tanto si tu idea es altruista y no pretendes convertirla en una forma de vida, una asociación sería la mejor opción. Pero si es lo que quieres emprender es un proyecto profesional que puedes convertir en una empresa mercantil viable lo mejor es que constituyas una sociedad.

No es mejor una cosa que otra. Ambos proyectos son perfectamente lícitos y posibles, solo hay que elegir la herramienta que mejor se adapta. Si quieres clavar un clavo usa un martillo mejor que un atornillador. El martillo no es mejor ni pero pero se adapta a lo que quieres hacer.

Saludos,

solucionesong.org
Un proyecto de