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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Junta Directiva

¿Una fundación puede crear una asociación para determinadas actividades?

05.08.11

Hola, la consulta es la siguiente: ¿una fundación puede crear una asociación para la realización de determinadas actividades de la fundación? ¿También se requiere de tres socios en la constitución de la nueva asociación?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

08.08.11

El requisitos de los tres socios para constituir una asociación está también en la ley que como sabeis dice “Artículo 5. Acuerdo de constitución.

1. Las asociaciones se constituyen mediante acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular, y se dotan de los Estatutos que rigen el funcionamiento de la asociación. “

Que yo sepa no hay excepciones a esto que por otra parte está muy clarito.

Saludos,

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#2

Opinión anónima

08.08.11

Hola,

Se puede crear una asociación. Incluso los miembros de la Junta Directiva pueden coincidir con los del Patronato.

Un saludo,
Salvador

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#3

Opinión anónima

09.08.11

A ver… como dice el asesor V. Playa, las asociaciones son fundadas por personas físicas, y se exige que sean 3 el número mínimo. NO PUEDE por tanto una fundación (como tal persona jurídica) constituir una asociación. Esto sí que se puede hacer al revés, y de hecho es habitual: una asociación constituye una fundación para afrontar determinadas actividades.
Lo que si podría hacerse es que 3 personas del patronato de la fundación podrían constituir una asociación, pero ello no implicaría una dependencia de la asociación hacia la fundación. Por lo demás, se supone que el patronato de la fundación cambiará con el tiempo…
También podría constituirse una asociación de 3 personas físicas, en la que una de ellas intervenga y así se diga en representación de la fundación XX. Pero, de igual manera, no querra decir que la fundación tenga una capacidad de mandato sobre la asociación.
Finalmente, como reflexión, y tras indicar esas 2 posibilidades, decir que en mi opinión, no es deseable que una Fundación por medio de personas interpuestas, constituya una asociación, por la falta de transparencia a que da lugar, por ser ese principio uno de las señas de identidad del tercer sector.

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