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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Joaquim Gil Batlle

Una empresa quiere donarnos el 5% de sus beneficios. ¿Cómo podemos saber qué beneficios tienen?

11.11.05

Una empresa va a colaborar con nuestra asociación, aportándonos el 5% de sus beneficios anuales. Estamos redactando el convenio de colaboración con ellos y nos gustaría saber ¿cómo podemos conocer los beneficios que tiene esta empresa y asegurarnos que realmente nos están dando el 5 %?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

14.11.05

Entiendo que esta empresa está obligada a presentar su libros oficiales. Incluso si es medianamente grande, están en la obligación de auditarlos. Esa es la base que usar para el cálculo del 5%.
También se puede usar su liquidación del impuesto de sociedades con el mismo fin.

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#2

Opinión anónima

14.11.05

Los BENEFICIOS ECONÓMICOS aparecen reflejados en las Cuentas Anuales aprobadas por la Sociedad y depositadas en el Registro Mercantil correspondiente a su domicilio social. Estas Cuentas Anuales son DE PÚBLICO CONOCIMIENTO.

En cuanto a los BENEFICIOS FISCALES deben declararse en la liquidación del Impuesto de Sociedades. Sin embargo, dicha declaración NO ES DE ACCESOBLICO y sólo pueden obtenerla si la misma Sociedad se la facilita.

Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional - como Economista, Auditor y Consultor - le resulten de utilidad. Formule nuevas consultas para resolver sus dudas. Un atento saludo.

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#3

Opinión anónima

15.11.05

Hola Joaquín, estoy de acuerdo con los otros compañeros. Aun así te puntualizo algo, Esto es una colaboración voluntaria por parte de la empresa. En principio se supone que hay buena fe. Deja que sean ellos quienes determinen la variable sobre la que calcular el porcentaje. lo importante es que quede firmado en un convenio de colaboración y que perdure esta iniciativa.
Saludos,
Respuesta no vinculante

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#4

Opinión anónima

21.11.05

Estimado Joaquim:

Efectivamente el beneficio de cualquier empresa ha de aparecer en sus cuentas anuales teniendo la obligación además de presentarlas al Registro Mercantil en donde está radicado su domicilio social.

Coincido también con Antonio que por tratarse de una “donación” lo recomendable es que sea la propia empresa la que fije el criterio en base al cual se fijará el monto correspondiente. Ten presente que no existe ninguna obligación para la empresa de firmar ese convenio sino que refleja su disposición a colaborar, de forma totalmente voluntaria, con vuestra asociación. Es por ello que, tal y como señala Antonio, es preferible dejar a la empresa que defina tales criterios.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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