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Consulta formulada por:
¿Una empresa nos puede facturar y luego condonar la deuda de esa factura?
15.11.10
Hola,
¿Una empresa nos puede facturar y luego condonar la deuda de esa factura? Así, podríamos declarar ese trabajo (con su IVA) como donación, ¿sería correcto?
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
15.11.10
Evidentemente se puede realizar esta operación, si bien recomiendo que se explique muy bien el motivo de la condonacion de la deuda, incluso se podría hacer una declaración en notaria que no suele ser muy costosa y da mayor veracidad a la operación.
Aportada por:
Colaborador en Contabilidad y Fiscalidad www.balendu.org
Trabaja en:
Asesor particular
15.11.10
Estimada Noelia,
Según otras consultas que he realizado con Hacienda en otras ocasiones el IVA no puede entrar como parte de la donación. Si la factura es de 1000€ + IVA (18% por ejemplo), sólo los 1000€ serían donación ya que la empresa tiene que ingresar el IVA en Hacienda.
Más que condonar la deuda se recomienda que efectivamente se realice el pago (1180€ de la factura total en el ejemplo), y luego la empresa haga la donación monetaria. Si quiere donar los 1180€, perfecto, pero aparte va a tener que ingresar 180€ a Hacienda en concepto de IVA. Lo normal sería que te hiciesen una donación de 1000€.
Espero haberte servido de ayuda. Un saludo cordial,
Bernardo Naranjo
gestion@balendu.org
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
16.11.10
Hola Noelia,
Totalmente de acuerdo con el compañero Bernarndo.
Saludos, Eva
Aportada por:
C.I.E.M.
Trabaja en:
Asesor particular
17.11.10
Yo creo que hemos contestado una consulta parecida hace muy pocos días. Estoy de acuerdo con Bernardo. Se trata de dos actos distintos, el pago de la factura y la donación; y no hace falta mover dinero, basta con los apuntes contables en la ONG y en la empresa.
El Iva es de Hacienda, por lo que la donación no exime a la empresa de su declaración y liquidación.