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Consulta formulada por:
Una duda en la justificación de un proyecto de cooperación a AECID
28.01.11
Hola!!
Estoy justificando un proyecto de cooperación a AECID, dentro de una CAP. Respecto a la descompensación entre partidas presupuestarias ¿alguien sabe cual es el límite? ¿un 10%?
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
31.01.11
Hola Noelia,
Efectivamente, la modificación presupuestaria entre partidas no puede ser superior al 10%.
Si necesitas información más ampliada al respecto de las justificaciones de la aecid puedes escribirme directamente a evabuades@riberetaverda.org
Saludos, Eva
Opinión anónima
31.01.11
Hola! supongo que habrás consultado las normas de seguimiento y contrl (http://www.aecid.es/web/es/normativa/subvenciones_ayudas/ONGD/Normas_de_justificacion/Convocatorias_desde_2005/003.html)
que indican que sólo requieren autorización previa las definidas como modificaciones sustanciales, que son las que afecten a
a) objetivos,
b) resultados,
c) población beneficiaria,
d) ubicación territorial,
e) socio local.
Las modificaciones presupuestarias por tanto, no son sustanciales. En la convocatoria y en las normas de justificacion no se precisa el porcentaje máxzimo que puede superarse dentro de una partida. En algunas convocatorias de cooperación internacional se indica hasta un 20%. En el caso de la CAP, la anterior asesora indica que es el 10%; si te puedes ajustar a esta cifra, ideal; en caso contrario, yo haría una consulta directa a la AECID exponiendo vuestro caso por su pudiera existir una mayor laxitud.
Un saludo solidario
Respuesta del participante:
01.02.11
Había consultado (y estudiado, jeje) las normas de justificación y no encontraba en ningún sitio el porcentaje. Así que me ajustaré al 10%
Gracias