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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Susana Pérez

Una asociación sin voluntarios y con comité ejecutivo asegurado, ¿Debe contar con seguro de responsabilidad civil para actividades fuera de su sede?

12.09.13

Hola,

Una Asociación que no tiene voluntarios y su comité ejecutivo está asegurado por la asociación de la que viene, ¿tiene la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil para actividades fuera de su sede?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

12.09.13

Hola Susana,

En cuanto a la suscripción por parte de las Entidades de otro tipo de seguros como podría ser el de Responsabilidad Civil, observamos como el artículo 10 de la Ley de Voluntariado de ámbito estatal de 1996 no fija obligatoriedad aunque sí se preocupa de aclarar la existencia de esta responsabilidad ante los actos derivados de la actuación de los voluntarios frente a terceros. En cuanto a la suscripción o no de este tipo de seguros, debemos prestar especial atención al ámbito territorial del programa sobre el que se esté estudiando su contratación, ya que algunas de las normativas autonómicas sí marcan explícitamente la obligatoriedad de la existencia de pólizas de seguro que cubran esta Responsabilidad Civil. En este sentido, valga de ejemplo el artículo 6.3 de la Ley del Voluntariado Social en la Comunidad Madrid. 3/1994, de 19 de mayo, donde dice:

Artículo 6. 3. “ Las Entidades deberán tener suscrita una póliza de seguros que cubra los daños ocasionados tanto a los voluntarios como a terceros, producidos en el ejercicio de las actuaciones encomendadas.”

Queda claramente explicitada, por ley, la obligatoriedad de contratar un seguro de Accidentes y de Enfermedad derivadas directamente del ejercicio de la actividad que desarrollan los voluntarios en las Entidades. Pero además, podemos igualmente afirmar, la más que recomendable suscripción de un Seguro de Responsabilidad Civil para la Entidad que cubra este tipo de contingencias hacia terceros tanto con carácter general como por la actuación de los voluntarios.

Detalles a tener en cuenta a la hora de contratar un seguro:
OBJETO Y COBERTURA DEL SEGURO: A la hora de suscribir nuestra póliza / contrato de seguro, es conveniente que no escatimemos en detalles, y nos aseguremos de que queden bien recogidas todas la actividades que desarrolla nuestra entidad, al igual que todas aquellas actuaciones que realizarán los voluntarios. Así evitaremos posteriores matices de interpretación por parte de la compañía aseguradora ante posibles accidentes. Igualmente, en el curso del contrato se deberá comunicar a la compañía de seguros cualquier circunstancia que pudiera agravar la valoración del riesgo (por ejemplo: desarrollo de actividades peligrosas, deportes de aventura, karts, etc…) .
Por tanto dicho esto tengáis o no voluntarios os recomendaría contratar un seguro de responsabilidad civil para actividades fuera de la entidad, sobre todo si las actividades se realizan con colectivos especialmente protegidos.
Un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Aportada por:

Carmen García González

Servicios consultoría de seguros/marketing social

Trabaja en:

Asesor particular

12.09.13

Buenos días Susana,

Al igual que Teresa Ferraz, nosotros desde Asegurados Solidarios, especializados en el sector seguros para el mundo asociativo, os recomendamos contratar una póliza de responsabilidad civil para vuestra asociación. Así
quedan cubiertas las reclamaciones que pueda recibir la asociación en la organización de los actos normalmente previstos en los estatutos de la organización (fuera o dentro de la sede) y que real o presuntamente produzcan un daño material / y o personal a algún participante, hasta el capital contratado. El Seguro de Responsabilidad Civil ampara a la asociación contra las reclamaciones que sufra como consecuencia de los daños y perjuicos causados a terceros por los socios, que participen en las actividades, incluyendo la defensa jurídica, fianzas judiciales e incluso indemnizaciones. Además es de suma importancia para la entidad, ya que incluye coberturas como: explotación, subsidiaria, patronal, cruzada, locativa, etc. La póliza garantiza la responsabilidad civil general imputable a todas las personas al servicio de la entidad, como consecuencia de daños corporales y materiales causados a terceros por ellos mismos o por las personas que deban responder. Garantiza también la responsabilidad civil por daños corporales de los cuales puedan ser víctimas los propios participantes derivados de la utilización de los locales, las instalaciones y en las actividades organizadas o controladas por la entidad, aunque se realicen fuera de la sede. Queda cubierta la prestación de fianzas civiles, así como la defensa y prestación de fianzas. En cualquier caso las primas de esta pólizas rondan los 150-180€. Podemos realizaros un presupuesto ajustado a vuestro perfil para su valoración, mi mail es carmen.garcia@aseguradossolidarios.com.
Un cordial saludo.
Carmen García

solucionesong.org
Un proyecto de