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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jorge Crespi Mateu

¿Una asociación puede tener como miembros constituyentes a personas físicas y jurídicas?

27.08.14

Apreciados compañeros/as,

Estamos constituyendo una entidad internacional para defender y promover las culturas mediterráneas. Tenemos claro que si se constituye como federación, los miembros deben ser entidades jurídicas. La cuestión es:

Si la constituimos como asociación, ¿podemos tener como miembros constituyentes personas físicas y personas jurídicas?

Gracias anticipadas por vuestra colaboración

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

27.08.14

Efectivamente, así es, estableciendo el artículo 3 de la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Asociación:
“Podrán constituir asociaciones, y formar parte de las mismas, las personas físicas y las personas jurídicas, sean éstas públicas o privadas…”.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

Jorge Crespi Mateu

27.08.14

Mil gracias compañero por tu pronta y adecuada respuesta, eso nos facilita las cosas a la hora de afilar personas de fuera de España que esten por la labor de la defensa de las culturas. El tama de que documentacion debian aportar se consulto ya al Registro Nacional de Asociaciones, asi que esperemos que todfo siga su curso.
Repito, mil gracias

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#3

Respuesta del participante:

Jorge Crespi Mateu

27.08.14

Mil gracias compañero por tu pronta y adecuada respuesta, eso nos facilita las cosas a la hora de afilar personas de fuera de España que esten por la labor de la defensa de las culturas. El tama de que documentacion debian aportar se consulto ya al Registro Nacional de Asociaciones, asi que esperemos que todfo siga su curso.
Repito, mil gracias

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