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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Pablo Pevidal

¿Una Asociación puede ser escuela de formación en el tiempo libre?

19.12.14

¿Una Asociación puede ser escuela de formación en el tiempo libre? ¿o tiene que constituir una entidad jurídica nueva para ser escuela de formación? ¿que requisitos se establecen?

Un saludo y muchas gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan Marañón

Consultor Economía Social y Sostenibilidad

Trabaja en:

Asesor particular

22.12.14

Estimado Pablo;
Tanto las asociaciones como las fundaciones son entidades sin ánimo de lucro con fines de interés general. Entre éstos, la ley contempla la formación de personas o colectivos, por lo que no hay inconveniente legal para ello. Si sería conveniente que si no está contemplado en los fines estatutarios de vuestra organización, por coherencia y para evitar posibles conflictos con socios o usuarios, modificarais los mismos en asamblea si no está contemplada la formación en vuestros fines sociales.
Por otro lado esta actividad puede llevarse a cabo tanto de forma gratuita para los usuarios como cobrando el servicio. En este último caso y al ser entidades sin ánimo de lucro, los posibles beneficios obtenidos deberán destinarse a actividades orientadas al cumplimiento de los fines sociales de la organización.
Espero haberte sido de ayuda. Un cordial saludo.

Juan M.de Marañón
www.inverds.com

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#2

Aportada por:

Juan de Dios Pérez Romero

http://www.consultoriadefundaciones.es/

Trabaja en:

Consultoría de Fundaciones

22.12.14

Estimado Pablo:

Sí es posible, mientras no contradiga vuestros estatutos.

Debéís presentar declaración censarlos para dar de alta la actividad. Además, informaréis acerca del IVA, de las retenciones a profesores y colaboradores, etc.

Por último indicarte que esa actividad mercantil os obliga a presentar el impuesto sobre sociedades.

Saludos, Juande

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

25.12.14

Estimado Pablo: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: junto con las aportaciones que le trasladan mis compañeros Valentín y Juande, asismismo, cabe hacer referencia al hecho de que las Escuelas de Tiempo Libre son centros de formación para cualificar y titular a monitores, animadores y educadores en general para la organización y ejecución de actividades relacionadas con el ocio y tiempo libre como campamentos, colonias, campos de trabajo, actividades de asociaciones y grupos juveniles, centros de ocio, etc.
Así pues, partiendo del dato de que el domicilio social de vuestra entidad asociativa se encuentra en la Comuunidad Autónoma de Aragón, las Escuelas de Tiempo Libre nacen ante una realidad muy concreta. Por un lado, el Estatuto de Autonomía de Aragón, su artículo 35.1., atribuye la competencia exclusiva sobre juventud a la Comunidad Autónoma de Aragón, y por otro, la importancia que estaba adquiriendo el tiempo libre como instrumento de formación para la infancia y juventud.
Ante esta realidad, los poderes públicos establecen un marco general para que las entidades dedicadas a la formación de animadores desarrollen sus programas.
En la Comunidad Autónoma de Aragón las Escuelas de Tiempo Libre se regulan por el Decreto 101/1986, de 2 de octubre que las define como aquéllas que, promovidas por la iniciativa pública o privada una asociación puede ser promotora de una Escuela de Tiempo Libre, debidamente legalizadas, procuran la formación y preparación de los Animadores en el Tiempo Libre, de acuerdo con los programas mínimos oficiales y que no tengan ánimo de lucro.
Para que una escuela sea reconocida como tal, tendrá que solicitarlo al Gobierno de Aragón, al Departamento correspondiente, acompañando una serie de documentos:
-Acreditación de la titularidad del centro y documentación que justifique.
-Estatutos.
-Proyecto educativo de la escuela.
-Informe sobre la infraestructura que dispone.
-Programas de formación.
-Cuadro de profesores.
Sentado lo anterior, y partiendo del hecho de que una asociación puede ser promotora de una Escuela de Tiempo Libre, para una mayor información sobre las Escuelas de Tiempo Libre debería dirigirse al Instituto Aragonés de la Juventud-http://www.aragon.es/DepartamentosOrganismosPublicos/Organismos/InstitutoAragonesJuventud/AreasTematicas/InformacionJoven/RedInformacionJuvenil/ci.01_Zaragoza.detalleDepartamento?channelSelected=0., sito en Franco y López, 4 50005 Zaragoza Tel: 976 716810. Fax: 976 714986 informacion.iaj@aragon.es.-, organismo adscrito al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, promueve para los jóvenes iniciativas, programas, servicios y ayudas.
Espero haberle ayudado.
Un cordial salud y Felices Fiestas.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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