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Consulta formulada por:
¿Una asociación puede asociarse a otra asociación?
25.10.12
Hola,
Quisiera saber si es posible que una asociación se asocie a otra asociación (perdón por la redundancia).
No me estoy refiriendo a crear una confederación o plataforma o similar, sino a asociarse simple y llanamente como si fuera una persona física más.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
25.10.12
Sin ningún problema; el artículo 3 de la Ley de 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación establece:
“Podrán constituir asociaciones, y formar parte de las mismas, las personas físicas y las personas jurídicas, sean éstas públicas o privadas, con arreglo a los siguientes principios…”
Por lo tanto, una asociación como persona jurídica, no sólo puede parcicipar en la constitución de otra asociación, sino también formar parte de las mismas como socio.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Respuesta del participante:
25.10.12
Muchas gracias, Juan.
En ese caso cómo se regularía la participación en la asociación principal, por ejemplo se me viene a la cabeza cuando la asociación principal celebre Junta, qué papel tendría en la asamblea de socios la otra asociación como persona jurídica? o qué condición tienen l@s soci@s de la asociación que se asocia con respecto a lo principal.
Es que aunque la Ley lo contemple, no veo nada claro que una asociación se quiera asociar a otra. Cuál sería la utilidad de que una asociación se asocie a otra en situación digamos “no horizontal”.
Y, por último, cómo se debería recoger esta situación en los estatutos si no estaba contemplada originariamente.
Mil gracias. Un saludo,
Lupe del Campo
Aportada por:
Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
Trabaja en:
Asesor particular
26.10.12
Lupe,
en el caso que planteas la asociación socia estaría representada en la asamblea de la principal por su presidente o podría designar otra persona para representarla. Los socios de la asociación socia no son socios de la asociación principal, salvo que se acordara hacerlo así entre las dos.
Una asociación puede ser socia de otra por las mismas razones que un particular, es decir, que esté interesada en sus fines.
No creo que sea necesario que esto se recoja es los estatutos, es suficiente que lo recoja un acuerdo de la Junta directiva o de la Asamblea.
Saludos,
Respuesta del participante:
27.10.12
Muchas gracias, Valentín.
Podrías concretar en qué Ley/artículos se regula la adopción de estos acuerdos? Si se deben adoptar por la Junta directiva o por la Asamblea? Es decir, sobre las cuestiones más prácticas.
Mil gracias de nuevo.
Un cordial saludo,
Lupe del Campo