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¿Una actividad sanitaria está exenta de IVA? Y aunque lo esté ¿Hay que declarar IRPF?
19.09.13
Hola,
Nos piden para justificar una subvención una factura numerada y que ponga IVA incluido o IVA desglosado. Es una clínica de fisioterapia que ofrece sus servicios a nuestros socios y la gerente es autónoma por lo que dice no declarar IVA. Me comentan que aunque esté exenta de IVA tiene que declarar el IRPF. Leí en Internet que este tipo de servicio al ser una actividad sanitaria tiene algunas exenciones de IVA si cumplen una serie de requisitos. Me gustaría me lo aclararan. Referente al IRPF no entiendo sobre eso.
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
19.09.13
Hola Mª José, como en muchas otras áreas hay una línea débil entre lo que está exento y no de iva. En principio la prestación sanitaria para prevenir o tratar una enfermedad está exenta de iva. Faltaría saber si en el caso de un tratamiento de fisioterapeuta se puede hablar en esos términos.
Si no hay un diagnóstico de enfermedad por parte de un facultativo que recomienda fisoterapia para tratarla, pues nos encontraríamos con que no se consideraría un servicio exento. Aunque está claro que nadie va a un fisioterapeuta si no tiene un problema físico (declarado como enfermedad o no)
Generalmente no se aplica el iva.
Te dejo un artículo del Colegio Profesional de CyL al respecto:
http://www.cpfcyl.org/2012/08/el-cpfcyl-informa-sobre-el-boe-de.html
Respecto al IRPF la clínica tiene que facturaros con la retención del 21%.
Saludos