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Consulta formulada por:
Un vocal dimite dejando de ejercer sus funciones pero no presenta carta de dimisión ¿cómo podemos conseguir que la dimisión sea oficial?
03.07.15
Hola,
En febrero uno de los vocales de nuestra asociación sin ánimo de lucro decidió dimitir y, aunque nunca presentó la carta de dimisión pese a nuestra insistencia en que lo hiciera, dejó de ejercer sus funciones. Hasta que no presente la carta y su dimisión se haga oficial no podemos nombrar a otro vocal, ni modificar la Junta Directiva en el Registro de la Generalitat, además, los demás miembros hemos de asumir las funciones que le corresponderían.
¿Se le puede obligar de alguna forma a que entregue la carta de dimisión? ¿Este comportamiento es legalmente sancionable o depende de lo que establezcan nuestros Estatutos?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Asesor de gestión, Fundraising y economia social
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Asesor particular
03.07.15
Bon dia,
Lo que le podeis pedir es un correo electrónico diciendo simplemente que deja el cargo.
Si no lo desea hacer os puedo enviar un modelo de certificado que admite el registro de la Generalitat.
En cuanto si el tema es sancionable lo debe regular vuestros estatutos, sino debereis acogeros a llei d’associacions,
Si queréis podéis contactar conmigo en fr.synapsis@gmail.com y os envio el certificado
Un saludo
Francisco Rodriguez
Aportada por:
Asesor de gestión, Fundraising y economia social
Trabaja en:
Asesor particular
04.07.15
Bon dia,
Lo que le podeis pedir es un correo electrónico diciendo simplemente que deja el cargo.
Si no lo desea hacer os puedo enviar un modelo de certificado que admite el registro de la Generalitat.
En cuanto si el tema es sancionable lo debe regular vuestros estatutos, sino debereis acogeros a llei d’associacions,
Si queréis podéis contactar conmigo en fr.synapsis@gmail.com y os envio el certificado
Un saludo
Francisco Rodriguez
Aportada por:
Titulado Mercantil y Auditor de Cuentas
Trabaja en:
Asesor particular
05.07.15
Sancionadlo y expulsadlo de la junta por no cumplir las obligaciones que emanan de su cargo. Una comunicación por burofax sería suficiente y todo acorde a lo que digan vuestros estatutos. No es de recibo no poder cesar el cargo porque a la persona no le apetece escribir una carta de dimisión.
Saludos.