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Consulta formulada por:
¿Un miembro de la Junta puede ser contratado a tiempo parcial por un importe mínimo para un cargo administrativo?
12.04.17
Hola,
¿Un miembro de la junta directiva sea Presidente o Vicepresidente puede ser contratado a tiempo parcial – 12 hr. Semanales - por un importe mínimo por ejemplo para 300 euros con el cargo administrativo?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
12.04.17
En relación a consulta formulada, paso a informarles lo siguiente: la cuestión que nos traslada versa sobre si un miembro del órgano de representación asociativo ora ya el Presidente, ora bien el Vicepresidente puede ser contrato a tiempo parcial por la entidad asociativa.
Al respecto, sobre el supuesto en cuestión habrá de estarse a lo dispuesto en los estatutos asociativos como manifestación de la potestad de autoorganización respecto a la posibilidad de que los miembros de la Junta Directiva, en este supuesto, el Presidente o Vicepresidente de la entidad no lucrativa puedan llevar a cabo actividades en el seno de la misma bajo una relación jurídico laboral.
En caso contrario, es decir, de no haberse establecido nada al respecto de forma expresa en los estatutos, habría de llevarse a efecto una modificación estatuaria para contemplar dicho supuesto planteado, siendo una modificación estatutaria que producirá efectos para los asociados desde el momento de su adopción con arreglo a los procedimientos estatutarios, mientras que para los terceros será necesaria, además, la inscripción en el Registro de Asociaciones correspondiente.
Espero haberles ayudado.
Cordialmente,
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com