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Consulta formulada por:
¿Un miembro de la Junta Directiva puede estar contratado como cooperante en la ONG?
18.01.17
Hola,
Quisiéramos saber si un miembro de la Junta directiva puede estar contratado como cooperante de la ONG
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
18.01.17
Para labores distintas de las propias de la junta directiva, si podrá estar contratado.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.
Trabaja en:
Asesor particular
24.01.17
Es correcto, la ley de asociaciones incorporó la novedad de permitir retribuciones por desempeño de cargos, siempre y cuando así estuviera estipulado en los estatutos. Tan sólo se establecía condiciones específicas para las asociaciones de utilidad pública.
Puedes confirmarlo en el artículo 11, que establece en su apartado cinco: “En el caso de que los miembros de los órganos de representación puedan recibir retribuciones en función del cargo, deberán constar en los Estatutos y en las cuentas anuales aprobadas en asamblea.”