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Consulta formulada por:
¿Un mensaje de whatsapp tiene valor como baja de socio?
24.06.15
Hola,
Hay un socio que además es voluntario y participa activamente en las actividades de la asociación. Hace una semana se enfadó y dijo por whatsapp que se iba de la asociación pero no abandonó el grupo ni ha mandado ningún escrito dejando de ser socio. Ahora parte de la junta directiva dice que ya está fuera de la asociación puesto que lo comunicó por whatsapp.
¿Ese mensaje de whatsapp tiene valor como baja de socio?
Gracias
Respuestas
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Aportando soluciones
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Asesor particular
29.06.15
Buenos días,
La baja dependerá del peso que tenga el voluntario dentro de la entidad, ya que no es lo mismo un voluntario de bases que un voluntario miembro de la Junta directiva. Si es de bases valdrá con su posicionamiento actual, incluso se podria dar de baja tras un periodo de inactividad o de omision de llamadas o mails. Si fuese miembro de organos internos importantes, la renuncia deberia ser por escrito y firmar la documentacion correspondiente.En todo caso, y por lo explicado, te aconsejaría que tratases de aclararlo todo con el voluntario, pues parece ser que es un miembro importante dentro de la organizacion.
Saludos
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
04.07.15
En relación con la consulta planteada, paso a informarles lo siguiente: la cuestión suscitada viene dada por el hecho de que un socio de vuestra entidad, el cual tiene también la condición de voluntario, comunica su baja a esa entidad mediante un mensaje de whatsapp
Al respecto, cabe referir que dicha comunicación de baja de un socio por dicho medio, a efectos de seguridad jurídica, debe de venir recogida en los Estatutos de vuestra entidad, los cuales son las reglas fundamentales del funcionamiento de una asociación y, pese a no poseer el carácter de norma jurídica, son vinculantes para las personas asociadas, ya que se sometieron a ellos de forma voluntaria al ingresar en una entidad jurídica asociativa. En caso contrario, es decir, que en los Estatutos no venga recogida el uso de whatsapp para comunicar la baja de los socios, de suyo, debería efectuarse la correspondiente modificación estatutaria para su inserción como medio de prueba fehaciente entre la entidad asociativa y sus asociados.
Espero haberles ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.