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Consulta formulada por:
Traspaso de derechos y obligaciones de una asociación a una fundación
23.02.05
Somos una asociación dedicada a la inserción laboral de desempleados de larga duración. Llevamos ocho años trabajando y nos acabamos de constituir como fundación.
Me gustaría saber hasta qué punto nos conviene seguir manteniendo las dos entidades en funcionamiento o, en el caso de que quedara operativa solo la fundación, cómo se realizaría el traspaso de derechos y obligaciones de una entidad a la otra.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
24.02.05
La pregunta así planteada me resulta imposible contestar, si no concretais a qué derechos y a qué obligaciones se refiere, por cuanto ahora mismo existen las 2, con dos personalidades jurídicas absolutamente diferentes, y por tanto, no se trata de una sucesión de entidades, y los derechos y las obligaciones de una y otra están perfectamente diferenciadas ahora mismo, y el que una de ellas desaparezca no implica, en principio, que los vaya a heredar la otra ni los derechos ni las obligaciones. En cuanto a mantener la existencia de las 2, es perfectamente posible, o si considerais que la asociación ha dejado de tener actividad como tal, podeis perfectamente comenzar el proceso de disolución y liquidación (lo que conlleva, en primer lugar, la desaparición de los ingresos por las cuotas de socios).