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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Asunción Chorro Martínez

¿Todas las asociaciones pueden ser consideradas ONG?

22.10.09

Quisiera saber la definición exacta de ONG …. ¿Todas las asociaciones pueden ser consideradas ONG?.


Muchísimas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

22.10.09

Es posible, que haya una confusión de términos entre ONG y ONGD:

Lo que le da la condición de "ONG" a una entidad es su pertenencia a la sociedad civil, y la no dependencia de la administración pública y la "D" final, correspondiente a "Desarrollo" se la da sus fines y objetivos.

Es decir, por el hecho de ser asociación, ya son ONG. Y sus fines y objetivos están enfocados hacia la cooperación, en ese caso serían asociación de cooperación o ONGD.

Por otra parte, la Resolución 1996/31 de 25 de julio de Naciones Unidas define a una ONG como “cualquier grupo de ciudadanos voluntarios sin ánimo de lucro que surge en el ámbito local, nacional, o internacional, de naturaleza altruista y dirigida por personas con un interés común. Las ONG llevan a cabo una variedad de servicios humanitarios, dan a conocer las preocupaciones ciudadanas al gobierno, supervisan las políticas y apoyan la participación política a nivel de comunidad. Proporcionan análisis y conocimientos técnicos, sirven como mecanismos de alerta temprana y ayudan a supervisar e implementar acuerdos internacionales. Algunas están organizadas en torno a temas concretos como los derechos humanos, el medio ambiente o la salud”.

Cómo se reconoce la condición de ONGD o de asociación de cooperación?
Aparte de por sus fines y objetivos, en ausencia de una normativa específica, se puede obtener un aval en ese sentido, a través de la integración en una Coordinadora de ONGDs (http://www.congde.org ) o dándose de alta en el Registro de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional ( http://www.aeci.es/05registro/02registro/5.2.0.htm )

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#2

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

22.10.09

En cualquier caso, referente a los de "no gubernamental" como curiosidad señalarte que la Ley 53/1984, de 26 diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, establece en su Artículo 2.



1. La presente Ley será de aplicación a:


(...)


g) El personal al servicio de Entidades y Corporaciones de Derecho Público, Fundaciones y
Consorcios cuyos presupuestos se doten ordinariamente en más de un 50 por 100 con
subvenciones u otros ingresos procedentes de las Administraciones Públicas.


—-


Por lo que podríamos deducir que con más de un 50 por 100 de presupuesto procedente de fondos públicos se podría cuestionar el carácter de "no gubernamental".


 

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#3

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

22.10.09

Hola


Para explicar esto hay que exponer que se entiende por tercer sector o por los aspectos comunes que lo caracterizan: la no existencia de ánimo de lucro (los beneficios no se distribuyen entre sus miembros), que persiga la mejora del bienestar social y que esté fuera del sector público. Dentro de éste, estarían incluídas las entidades que lo formarían cuya terminología es amplia: ong, ongd (dedicadas a la cooperación internacional al desarrollo ley 23/1998 de 7 de Julio) enl, esal…sinónimos todos ellos


En cuanto a la formas jurídicas más utilizada en España son la Asociación y la Fundación reguladas en la ley organica 1/2002  de 26 de Marzo y 50/2002 de 26 de Diciembre


Espero haberte ayudado


Teresa

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#4

Opinión anónima

23.10.09

 Hola Asunción,


Me ha  llegado tu consulta, pero veo que mis compañeros te han contestado muy bien, así que me uno a lo que ellos dicen y solo desearos mucha suerte

solucionesong.org
Un proyecto de