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Consulta formulada por:
Tipos de socios que pueden existir según la Ley de Asociaciones de la Comunidad Valenciana
06.11.10
Tengo una duda respecto al registro de una nueva asociación en relación a los diferentes tipos de socios que pueden existir.
He estado leyendo varias consultas de otros compañeros y observo que hay respuestas contradictorias en cuanto se dice que pueden existir socios numerarios, de honor, simpatizantes, etc… y que perfectamente puede haber una diferenciación en cuanto al derecho de voz y voto.
Lo digo porque en la Comunidad Valenciana la Ley 14/2008 de Asociaciones de la Comunidad Valenciana (DOCV nº5900 de 25/11/2008, en adelante LACV) dice: (Ver Documento Adjunto)
El escrito remitido por Consellería de Justicia insiste en citar que “si se denominan socios todos los socios tienen los mismos derechos”.
Por lo tanto, entiendo que cuando se dice en los estatutos que muchas asociaciones tienen en vigor que:- “los socios simpatizantes…. tendrán los mismos derechos que los numerarios pero sin voz ni voto” no serían válidos, puesto que contradice lo dicho de un socio, un voto; El caso, es que obliga a cambiar ese punto de los estatutos para que todos tengan los mismos derechos.
Como decía antes, he releído estatutos de otras asociaciones culturales y clubes deportivos y si que han sido registrados con estas características, pero ahora, visto el escrito remitido, entiendo que no, o en todo caso a estos simpatizantes o colaboradores no se les debería llamar “socios”.
Supongo que cada Comunidad Autónoma tendrá unos criterios y lo que vale en Madrid no vale en Valencia, en fin… que lo más sencillo es rellenar el modelo de estatutos que facilita cada comunidad autónoma sin cambiar un punto ni una coma.
Saludos cordiales.
Isidro Mira
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Respuestas
Aportada por:
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Asesor particular
08.11.10
Hola Isidro,
Es cierto que lo más fácil es rellenar los estatútos modelo como bien dices, así nunca vas a tener problemas, seguro.
De cualquier forma y por el caso que comentas creo que es una cuestión de formas, en lugar de llamarlos “socios simpatizantes” déjalo en “simpatizantes”, los socios déjalos tal cual, con sus derechos y obligaciones, pienso que así lo podrías solucionar.
Saludos, Eva
Opinión anónima
09.11.10
Esto de acuerdo con Eva, en lugar de socios pueden ser amigos de la asociación, benefactores etc y que en vuestros Estatutos el socio sea aquel que tiene voz y voto. Suerte