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Consulta formulada por:
¿Tiene obligación de facturar con IVA un ponente que no se dedica habitualmente a esta actividad?
21.09.09
¿Tiene obligación de facturar con IVA un ponente que no se dedica habitualmente a esta actividad?
¿La retención tendría que ser del 15%?
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
21.09.09
Hola José Manuel;
Si se trata de una colaboración esporádica puede facturar con sus datos fiscales y retener el 15% como bien dices que vos ingresaréis en hacienda.
Saludos, Eva
Aportada por:
Director Martinez¬Gil Asociados. Consultor economico- contable ONGS
Trabaja en:
Asesor particular
21.09.09
Estimados amigos;
Como indica mi compañero, si es una actividad esporádica y puntual podría realizar una colaboración, en la cual habría una retención del 15% y no realizar una factrua, siempre repito que sea puntual, y no existe una cantidad fijada pero yo recomiendo que no pase de 1.000,00 € cada vez qeus e realice la colaboración.