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Consulta formulada por:
Tenemos una entidad no lucrativa en Canarias ¿Tenemos que dar de alta el modelo 036 y el modelo 400 del IGIC?
23.11.16
Hola,
Tenemos una Asociación sin ánimo de lucro en Canarias, la cual esperamos tenerla activa en 1 o 2 meses.
Queríamos saber si teníamos que dar de alta el modelo 036 , (IAE-979.4) y el mod.400 (IGIC).
Ya que tenemos proveedores que nos emiten factura (IGIC soportado) y en la contabilidad necesitaremos compensarlo con el IGIC repercutido. En caso de solicitar Asociación de Utilidad Publica, estaríamos exentos de presentar el 036 y los impuestos IGIC trimestrales (mod. 420)?
Saludos y Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
28.11.16
Lógicamente en el 036 sí debéis dar de alta a la entidad, describiendo la actividad a realizar. En cuanto al alta en el IGIC, dependerá de si vuestra entidad realiza alguna actividad por la que tenga que repercutir IGIC. Si así fuera, deberá darse de alta en el IGIC; en caso contrario, no.
La posible declaración de utilidad pública (procedimiento por cierto muy exigente y complejo), en nada cambiaría lo anterior.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.