Consultas Online
Consulta formulada por:
Alicia Ermeralda Barranco Pérez
¿Tenemos que declarar una subvención en el Modelo 347?
08.03.10
Nos concedieron en el año 2009 una subvención (de la que todavía falta por abonar el 25%) de la Consejería de Empleo para el fomento de empleo.
Supera los 3000 euros y mi pregunta es: ¿la tenemos que declarar en el 347?. En caso afirmativo, ¿en que aparatado?, ¿en el B como una venta?.
Muchas gracias y perdonen las molestias.
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Colaborador en Contabilidad y Fiscalidad www.balendu.org
Trabaja en:
Asesor particular
09.03.10
Estimada Alicia,
Por mi experiencia de otros años, no es necesario comunicar las subvenciones en el modelo 347. Sólo los proveedores/clientes que superen, que con las facturas recibidas/emitidas, superen los 3.005,06 euros.
Un saludo cordial,
Bernardo Naranjo
gestion@balendu.org
Muy buena
Aportada por:
C.I.E.M.
Trabaja en:
Asesor particular
09.03.10
Nosotros recibimos una ayuda de un banco por importe superior a los 3.000€ y lo declaramos, aunque no se trataba de una transacción comercial.
Mi criterio es incluirlodeclararlo pues el 347 es sólo una declaración. Si es un error, es fácil de demostrar el origen y el destino, por tanto no creo que haya problema.
Excelente
Aportada por:
Responsable Area Fiscal y Contable Fundación Gestión y Participación Socialwww.asociaciones.org
Trabaja en:
Asesor particular
10.03.10
Estimada Alicia:
En el modelo 347 solo deben declararse las subvenciones concedidas, es decir, en este caso es la Consejería de Empleo la que declara en su modelo estas cantidades. Las subvenciones recibidas, como es vuestro caso, nunca deben incluirse en dicho Modelo.
Saludos