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Consulta formulada por:
¿Tenemos que contratar un seguro específico para las experiencias laborales?
06.03.14
Hola,
Somos una asociación de personas con discapacidad intelectual de Sevilla. Entre los servicios que ofrecemos a nuestros asociados se encuentran salidas de ocio, cursos y talleres, logopedia, etc.
Recientemente hemos firmado varios convenios de colaboración para que algunos de nuestros alumnos tengan experiencias laborales en algunas empresas. No se trata prácticas laborales, ni tampoco se establece ninguna relación laboral o contractual. Estos alumnos, como parte de la formación que reciben en el curso, salen a ambientes de trabajo real para experimentar y aprender in situ. Lógicamente, no cobran.
Saldrían un día a la semana, 4 horas. El trabajo que van a realizar no conlleva el uso de maquinaria ni nada por el estilo: atención al público, reponedor, etc…
Nosotros tenemos contratado un seguro de responsabilidad civil y accidentes para nuestras actividades. Se trata de un seguro no nominal para usuarios y voluntarios.
Nuestra duda es: ¿Tenemos que contratar un seguro específico para las experiencias laborales? ¿O por el contrario, al formar parte del curso estas experiencias ya está cubierto, aunque éstas tengan lugar fuera de la sede de la asociación?
Espero haber sido claro y que me podáis ayudar.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Máster en Inmigración (Universidad de Comillas). Asesor de entidades del Tercer Sector. www.facebook.com/avictoriamunoz
Trabaja en:
Asesor particular
07.03.14
Buenos días,
la contratación de seguros nunca está de más (nunca se sabe lo que puede pasar). En cualquier caso, habría que examinar las condiciones del seguro que ya tenéis contratado para saber exactamente qué actividades cubre, aunque, mi opinión, SIN HABER LEÍDO EL CLAUSULADO, es que si se trata de una actividad de la asociación (como el propio curso del que derivan las “prácticas”) estará cubierto. Si habéis contratado un seguro específico para el curso, entiendo que las prácticas deben estar incluidas.
Ánimo y buena suerte.
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
07.03.14
Hola Javier,
Además de lo comentado por Antonio, en el convenio o acuerdo q firmasteis deberíais haber contemplado esta cuestión ya que es el marco normativo que regula las prácticas de estas personas.
Un saludo
Teresa Ferraz
Aportada por:
Trabaja en:
Asesor particular
07.03.14
Por mi experiencia, normalmente en el seguro general o que engloba todas las actividades de formación que tenga la entidad, se comunica cada vez previamente que hay una acción formativa los datos de los participantes, duración y en qué consiste la acción formativa para que si hubiese algún problema esté cubierto. En algunas ocasiones y si el riesgo es más elevado se puede contratar uno concreto que no supone mucho dinero y que no está de más para prevenir.
La misma Cia. aseguradora puede hacer un precio especial para estos casos si no está contemplado en el general que se tenga en función de la actividad si es de formación de la entidad.
Un saludo,