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Consulta formulada por:
¿Tenemos que aplicar el IVA a este servicio aunque tengamos exención por ser una entidad declarada de carácter social?
30.11.17
Hola:
Somos una ONG ecologista (Llavors d’ací). Se nos ha reconocido el carácter social de la entidad (en 2007) y por tanto el derecho a la exención contenida en el art. 20.1.14 de la Ley del IVA relativa a las prestaciones de servicios (conferencias, concurso, etc.) efectuadas por la entidad declarada de carácter social.
Nos han contratado, a través de un contrato menor, para una prestación de servicio y el concepto de la factura es “Coordinación, organización, dinamización y difusión de la V Feria Valenciana de la Biodiversidad Cultivada”.
Queríamos saber si tenemos que aplicar el IVA o no a este servicio.
Muchas gracias de antemano.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
30.11.17
En relación con la actividad que indicáis, en nada influye el reconocimiento del carácter social. Por otro lado, entiendo que la citada actividad no tiene encaje en ninguna de la exención que prevé el artículo 20 de la Ley del IVA, por lo que la prestación de ese servicio de “Coordinación, organización, dinamización y difusión de la V Feria Valenciana de la Biodiversidad Cultivada”, llevará IVA.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Técnico de Auditoría y Contabilidad del Ministerio de Hacienda. Licenciado en Derecho
Trabaja en:
Asesor particular
30.11.17
De mi consideración.
El reconocimiento de la entidad con¡mo de “carácter socoal” a efectos del IVA implica que la entidad no puede realizar actividades remuneradas distintas a las reconocidas en el propio artículo 20 indicado. Por tanto, ntiendo salvo mejos criterio que la actividad a realizar se encuentra sujeta y no exenta de IVA, y por tanto tributa a los tipos generales establecidos en la Ley.
AQdemás, sería cuestionable que por la realización de actividades no recogidas en la exención, si la entidad pudiera perder su consideración de entidad de “carácter social”.
Saludos
Respuesta del participante:
01.12.17
Gracias por vuestras respuestas, Juan y Luis
Queriamos puntualizar que las actividades de la Feria (todas gratuitas) son conferencias, talleres, exposiciones, degustaciones, espectáculos infantiles, concursos, además de un mercado agroecológico.
¿estas actividades no están recogidas en la exención del artículo 20?
Por otra parte, queriamos saber si al aplicar el IVA al servicio prestado, ¿podemos presentar declaración del IVA soportado por los gastos de esta actividad?
Muchas gracias de nuevo.