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Consulta formulada por:
¿Tenemos que abrir una delegación para formalizar un grupo de voluntariado de Barcelona estando la sede en Guipúzkoa?
05.07.07
Somos una ONGD inscrita en el registro de asociaciones del País Vasco. Llevamos adelante proyectos de desarrollo en India y acciones de sensibilización en Guipúzkoa principalmente y además tenemos un grupo de voluntarios y voluntarias muy activos trabajando desde Barcelona.
El grupo de Barcelona lleva funcionando bien más de un año y quisiéramos formalizar su existencia, ya que nuestra asociación solo está registrada en el País Vasco y no sabemos cuál es la mejor forma de formalizar o registrar a este grupo de Barcelona, ¿debemos abrir una delegación?
Obviamente la mayoría de las actividades se llevan a cabo desde Guipúzkoa, así como la solicitud de subvenciones, y nuestra intención al registrar de alguna manera a los del grupos de Barcelona no es para solicitar subvenciones allí, a no ser que sea para acciones de sensibilización.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
06.07.07
Hola Iñigo
Existen diferentes fórmulas para hacer frente a lo que necesitas. En primer lugar, la reflexión sobre la creación de un grupo, una sede, una delegación o lo que decidáis, en Barcelonma, supone una modificación del ámbito de actuación de vuestra asociación. Aunque sólo sea para hacer sensibilización, ya estáis actuando no en otra localidad, sino en otra comunidad autónoma diferente a la vuestra. Así, una de las posibilidades sería proponer una modificación de estatutos :asamblea general de socios/as, propuesta de modificación, aprobación en asamblea, solicitud al registro correspondiente, donde tengáis actualmente a la asociación y trámite al Registro Nacional de Asociaciones. Una vez decidida y tramitada la modificación estatutaria, ampliando vuestro ámbito de actuación a nivel nacional (es el pertinente siempre que trabajemos en más de una comunidad autónoma), ya podéis optar a varias posibilidades, las dos más comunes son:
1- Abrir una nueva sede en Barcelona. Es un trámite fácil, sólo rellenar un impreso y pagar la tasa.
2- Abrir una Delegación de vuestra asociación allí. Es un trámite un poco mas complejo. Requiere pasos similares a la creación de una asociación nueva.
Todo esto parece muy complejo, pero es fácil de tramitar.
Por último, si no queréis modificar vuestro ámbito de actuación, pedéis animar al grupo de Barcelona para constituir una nueva asociación, incluso basándose en vuestros estatutos, y establecer entre ambas un convenio de colaboración. Cada asociación sería independiente, pero trabajaríais juntas en todos los proyectos que os apetezcan.
Espero haber sido de utilidad
Besos
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
06.07.07
Hola, Iñigo.
Primero, enhorabuena por vuestra iniciativa y entusiasmo. Creo que podríais abrir una delegación en Barcelona e incluso darla de alta en el registro de asociaciones de Catalunya. De este modo, dotáis de mayor entidad a vuestra ONG y, si algún día os interesa, podéis pedir ayudas a la administración catalana.
Para ello deberéis reunir una asamblea y acordar, constatándolo en acta, abrir una sede en Barcelona. Entonces deberéis nombrar unas personas responsables en Catalunya que os representen, con poderes para actuar en nombre de la entidad. En vuestros estatutos debe detallarse esto. Si no es así, a lo mejor tenéis que ampliarlos o modfiicarlos para explicitar cómo se abren sedes en otros lugares.
Saludos y adelante,
Montse de Paz
Opinión anónima
06.07.07
Estimado Iñigo:
Con independencia de los puntos que tan acertadamente tocan mis compañeros, mi recomendación iría por la formalización de vuestra presencia allí, sea cual sea la fórmula elegida (delegación o sede. Ello posibilitaría el poder optar a subvenciones para la extensión de las labores de sensibilización que ya estáis realizando, además de abrirse para vosotros la posibilidad de conseguir en Cataluña subvenciones para vuestros proyectos de cooperación.
Un cordial saludo,
Las consultas de la Fundación Luis Vives no tienen carácter vinculante.
Aportada por:
Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.
Trabaja en:
Asesor particular
17.07.07
Si tenéis actividad institucional y presencia de vuestro personal (voluntario o no), es conveniente que abráis una sede con la que dar cobertura a vuestro ámbito de acción.
En ese caso, tenéis dos opciones: crear una asociación hermana de ámbito catalán, con la que os podéis federar para trabajar coordinados, o constituir una asociación de ámbito nacional con sede en Euskadi y delegación en Cataluña (o al revés, tanto monta…).
Lo que tenéis que tener claro, que como asociación que desarrolla sus actividades principalmente en la Comunidad Autónoma del País Vasco, no podéis abrir una sede permanente fuera de la Comunidad.
De optar por esa opción, deberéis de reformar vuestros estatutos, y conformaros como asociación nacional inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones.
La nueva LEY 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, dice al respecto:
“Artículo 36.– Transformación de la asociación.
1.– Toda asociación podrá transformarse en otra entidad de naturaleza asociativa no sujeta a la presente ley, si cumple los requisitos que la legislación específica de esa entidad haya establecido.
2.– El acuerdo de transformación requiere la celebración de asamblea general extraordinaria convocada expresamente con este fin. El quórum de asistencia y régimen de mayorías de dicha asamblea serán los previstos para la disolución de la asociación.
3.– La transformación no requiere de liquidación.
Los estatutos podrán desarrollar los requisitos y el procedimiento de la transformación.
4.– El acuerdo de transformación será comunicado al Registro General de Asociaciones del País Vasco, que cancelará de oficio el asiento de la asociación transformada y trasladará el expediente al registro que resulte competente.”