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Consulta formulada por:
¿Tenemos la obligación de tener nuestras cuentas a 0 a final de año si somos de U.P.?
14.03.12
¿Al estar declarados de Utilidad Pública, tenemos la obligación de tener nuestras cuentas a 0, a final de año?, me han dicho que nos la pueden revocar.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es
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Asesor particular
15.03.12
No se entiende muy bien la pregunta.
¿Podrías reformularla con algo más de información.?
Saludos.-
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
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Asesor particular
15.03.12
Da la impresión que queréis decir que es necesario que todo el dinero en caja o bancos debe estar invertido al final del ejercicio. Si es esa vuestra pregunta, lógicamente no, no es necesario, pues la ausencia de lucro no depende de que se tenga más o menos dinero en los bancos, incluso puntualmente en un producto financiero con objeto de rentabilizar de la mejor manera posible los recursos de la asociación; la ausencia de lucro significa básicamente que las entidades sin fin de lucro no pueden repartir nunca sus posibles excedentes y que los tienen que reinvertir en todo caso en el desarrollo de su objeto social.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Abogado
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Asesor particular
16.03.12
La utilidad pública os la podrían revocar si incumplís la condiciones legales para ello: no llevar la contabilidad en la forma legal o no desarrollar las actividades comprendidas en el objeto social. Por otro lado, una ejecución correcta del presupuesto no supone dejar las cuentas a cero.