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Tenemos dudas puntuales sobre la constitución de una delegación española de una fundación extranjera
15.09.10
Represento a un grupo de padres interesados en crear una fundación. Nuestros hijos tienen una enfermedad rara y hemos encontrado un centro de investigación interesado en el síndrome. Pero tenemos que crear el músculo financiero.
La forma más rápida es crear una delegación de una fundación extranjera. La Asociación de Fundaciones tiene un PDF que explica el proceso pero tenemos algunas dudas puntuales. Por ejemplo, si hace falta capital inicial y si los estatutos fundacionales tienen que ser la traducción de los originales u otros nuevos.
Resumiendo, necesitará un asesor que me ayudase con unas preguntas muy concretas.
¿Me podéis ayudar?
Muchas gracias por adelantado.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
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Asesor particular
16.09.10
En relación con los estatutos deberán ser efectivamente los de la fundación extranjera debidamente traducidos. Por lo que respecta al patrimonio considero que no es exigible una dotación mínima a la delegación, independiente de la “matriz”, pues nada establece al respecto la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.