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Consultas Online

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Consulta formulada por:

SolucionesONG.org Fundación Hazloposible

¿Tenemos capacidad legal para obrar en actos oficiales a pesar de estar en espera de recibir el número de inscripción en el registro?

10.12.07

Una entidad en proceso de registro nos ha hecho llegar esta consulta, que os trasladamos a continuación por si pudieras atenderla:

Tenemos entregado un expediente desde Junio de 2007 en el Registro Nacional de Asociaciones/Federaciones y estamos esperando el número de la Federación.

¿Tenemos capacidad legal para realizar actos oficiales a pesar de estar pendientes de recibir el número de inscripción en el registro?

Gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

11.12.07

Si se trata de una asociación, su personalidad jurídica la adquiere con la firma del acta o documento de constitución (incluso en documento privado) pues el registro es meramente a efectos de publicidad en cumplimiento del art. 22 Constitución y LO 22-mar-02. Cosa distinta si se trata de fundación que requiere Escritura e inscripción constitutiva (aunque la LF regula “la fundación en proceso de constitución”).

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#2

Opinión anónima

11.12.07

Totalmente de acuerdo con mi compañero Carlos. La asociación tiene personalidad jurídica desde la firma del acta fundacional, y por tanto plena capacidad de obrar. No obstante, no entiendo bien la expresión “actos oficiales”; si se refiere a cualquier relación con una administración pública, sí que se requiere la inscripción (subvenciones, convenios de colaboración, etc).-

Esta respuesta no es vinculante.-

solucionesong.org
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