Consultas Online
Consulta formulada por:
SolucionesONG.org Fundación Hazloposible
¿Tenemos capacidad legal para obrar en actos oficiales a pesar de estar en espera de recibir el número de inscripción en el registro?
10.12.07
Una entidad en proceso de registro nos ha hecho llegar esta consulta, que os trasladamos a continuación por si pudieras atenderla:
Tenemos entregado un expediente desde Junio de 2007 en el Registro Nacional de Asociaciones/Federaciones y estamos esperando el número de la Federación.
¿Tenemos capacidad legal para realizar actos oficiales a pesar de estar pendientes de recibir el número de inscripción en el registro?
Gracias por vuestra ayuda.
Respuestas
Opinión anónima
11.12.07
Si se trata de una asociación, su personalidad jurídica la adquiere con la firma del acta o documento de constitución (incluso en documento privado) pues el registro es meramente a efectos de publicidad en cumplimiento del art. 22 Constitución y LO 22-mar-02. Cosa distinta si se trata de fundación que requiere Escritura e inscripción constitutiva (aunque la LF regula “la fundación en proceso de constitución”).
Opinión anónima
11.12.07
Totalmente de acuerdo con mi compañero Carlos. La asociación tiene personalidad jurídica desde la firma del acta fundacional, y por tanto plena capacidad de obrar. No obstante, no entiendo bien la expresión “actos oficiales”; si se refiere a cualquier relación con una administración pública, sí que se requiere la inscripción (subvenciones, convenios de colaboración, etc).-
Esta respuesta no es vinculante.-