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Tenemos algunas dudas fiscales que nos gustaría que nos ayudáseis a resolver
29.11.07
Nos han concedido una ayuda de la Generalitat y tenemos algunas dudas fiscales que nos gustaría que nos ayudáseis a resolverlas. Nos han dicho que debemos tener un libro de cuentas y que tenemos que hacer una declaración trimestral y anual del IRPF (modelo 110).
Hasta ahora no hemos tenido ningún movimiento económico, pero a raíz de recibir la ayuda sí que empezaremos a trabajar con dinero y no sabemos cuáles son nuestras obligaciones en este sentido, ¿será obligatorio que a partir de ahora hagamos la declaración de la renta?
Por otro lado, una parte de la subvención contempla el pago en concepto de coordinación de un curso a unos miembros de la entidad y no sabemos cómo facturar estos pagos para presentar después la justificación, ¿tenemos que hacer una factura como personas individuales o es la entidad la que factura?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Economista auditor
Trabaja en:
Asesor particular
02.12.07
Buenos días, lucia. Es una pregunta extensa de responder, pero voy a ver si te puedo ayudar.
LAs entidades que realizan actrividades económicas ( o reciben subvenciones) deben mantener una contabilidad de forma que se puedan cumplir dos objetivos: el primero de ellos es poder tener información para la toma de decsiones economico financiera y la segunda a efectos de poder dar información a otros sujetos que están interesados en esa información. ( por ejemplo la GEneralitat o HAcienda etc,etc.)
Bien, esa parte te documenta el tema de la contabilidad. Por otro lado, e independiente, si vosotros pagais salarios, cobrais IVA, o realizais algun tipo de remuneración que esté sujeta a impuestos, debereís hacer declaraciones trimestrales de vuestras operaciones. Eso no significa que vosotros tengais que hacer la declaración de la renta, significa que debeis dar información a la Agencia tributaria de vuestras operaciones, y en su caso, realizar los pagos que como “intermediarios” tanto del IVA, como de las retenciones al personal habeis hecho. Es decir, estais dando la información a HAcienda para que los que reciben remuneraciones por vuerstra cuenta hagan ellossu declaración.
Por el pago del concepto de cursos, (entiendo que el tema es el siguiente, se van a realizar unos cursos, y a los ponentes están dentro del importe de la subvención que la Generalitat os ha concedido) serán ellos, los que cobren dichas coordinaciones, los que os facturen a vosotros. Así podemos tomar esa actividad como ejemplo. Los coordinadores os facturaran al Observatori, (que entiendo tendreis un NIF/CIF fiscal), las contabilizareis en vuestros libros contables y posteriormete, al pagarles no les pagaras la retención (que deberá estar en la factura) que deberás ingresar en la Agencia tributaria, a través del modelo 110 que te han dicho que debes llevar.
Ejemplo importe curos 100. REtención 15%. Ellos te presentaran una facttura más o menos así. Tu les pagarás a ellos 85, y deberás pagar a HAcienda las 15 euros restantes, a través del modelo 110.
Es muy recomendable que empieces a llevar una contabilidad, es muy probable que la Generalitar te pida algun dia que le documentes el destino de la subvención.
Espero haberte ayudado un poco
Saludos
Javier Marco